ADMINISTRATIVO CATEGORÍA: Personal Funcionario
del Cuerpo Administrativo (C) de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. REQUISITOS. 1.
Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
a) Ser
español/a o nacional de un
Estado miembro de la Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la
República de Islandia.
También podrán participar el
cónyuge de los españoles y de los nacionales de países miembros de la
Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre que no estén separados de
derecho, menores de veintiún años, y cumplan el requisito de edad mínima
establecida en el apartado siguiente, o mayores de dicha edad que vivan a
su expensas.
b) Tener cumplidos los 18 años de edad y no
haber superado la edad de jubilación forzosa.
c) Estar
en posesión del título de Bachiller, Técnico Superior (Formación
Profesional de Grado Superior) o Equivalente. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que
acredite su homologación.
d) Poseer la capacidad
funcional necesaria para el desempeño de los puestos a los que se aspira.
e)
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de las funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad
no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a
sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso
a la función pública.
2. Los aspirantes que
concurran por el turno de discapacidad deberán poseer un grado de
discapacidad igual o superior al 33% legalmente reconocido por el órgano
competente.
3. Todos los requisitos establecidos en esta base
deberán cumplirse en el momento de finalización del plazo de presentación
de instancias, mantenerse durante el proceso selectivo hasta el momento de
la toma de posesión, y acreditarse, en caso de superarse el
concurso-oposición, del modo que se indica en la Base Décima de esta
convocatoria.
FASE
DE OPOSICIÓN. Se compondrá de dos ejercicios
obligatorios y de carácter eliminatorio cada uno de ellos.
Primer
ejercicio. Consistirá en contestar en el tiempo máximo
que señale el Tribunal y que no podrá exceder de 100 minutos, a un
cuestionario formado por 90 preguntas con cuatro respuestas alternativas,
de las que sólo una de ellas será la correcta. De dicho cuestionario 12
preguntas versarán sobre el programa de materias específicas y 18
preguntas sobre el programa de materias comunes. El cuestionario que se
proponga a los aspirantes contendrá, además, otras 10 preguntas
adicionales tipo test, las cuales sustituirán por su orden a aquellas
preguntas que, en su caso, sean objeto de anulación con posterioridad al
inicio del ejercicio.
A este respecto, los interesados podrán
presentar las reclamaciones que estimen procedente con objeto de impugnar
las preguntas formuladas por el Tribunal, dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la celebración del ejercicio.
Para la
valoración de este ejercicio se aplicarán los siguientes criterios de
calificación:
1.°
Cada cuatro preguntas contestadas erróneamente restarán una pregunta
contestada correctamente.
2.° La puntuación mínima exigida
para superar este ejercicio se obtendrá, una vez aplicados los criterios
anteriormente citados, cuando el aspirante haya contestado correctamente
el 50 por ciento de las preguntas de las que se compone el cuestionario.
3.°
La puntuación final del ejercicio se determinará en proporción al total de
respuestas contestadas correctamente una vez aplica dos los criterios
anteriores.
Las calificaciones de la prueba se publicarán por
el Tribunal una vez realizada su corrección, disponiendo los interesados
de un plazo de cinco días hábiles para efectuar ante el Tribunal las
reclamaciones que estimen oportunas.
Segundo ejercicio. Consistirá
en resolver un supuesto práctico o prueba práctica, que podrá constar de
varios apartados, propuesto por el Tribunal, comprendiendo, atendiendo al
perfil funcional de cada Especialidad, diversos aspectos del programa de
materias específicas, en el tiempo y con los medios auxiliares que el
Tribunal disponga. El contenido de este ejercicio estará dirigido a
apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas
propias de la Especialidad a la que concurre, debiendo guardar relación
directa con las características funcionales del conjunto de los puestos a
cubrir.
En el supuesto práctico se valorará el rigor
analítico, el conocimiento teórico de las materias desarrolladas, la
capacidad de síntesis, así como las conclusiones expuestas, la claridad de
ideas y la corrección de la expresión escrita. Si se trata de una prueba
práctica se valorará el grado de perfección y destreza demostrado en su
realización y el conocimiento de las funciones a desempeñar en la
Especialidad a que se aspira.
Las calificaciones de este
ejercicio se publicarán por el Tribunal disponiendo los interesados,
igualmente, de un plazo de cinco días hábiles para efectuar reclamaciones
ante el mismo.
Cada uno de los ejercicios mencionados que
comprenden esta fase serán calificados de 0 a 10 puntos, siendo necesario
para superarlos obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.
El
Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que
los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos, siempre que ello
sea posible, sin que se conozca la identidad de los aspirantes.