Sellos oficiales: Tipos Normalizados.-
Las normas aplicables las encontramos recogidas en las siguientes normas:
* Decreto 245/1997 de 15 de octubre, por el que se aprueba el manual de Diseño Gráfico de la Administración de la Junta de Andalucía.
*Orden de 1 de Diciembre de 1995, por la que se normalizan las características que han de reunir los sellos oficiales empleados en la actuación administrativa de la Junta de Andalucía.
*Orden de 20 de abril de 1998, de modificación de la Orden anterior.
Clases.-
Los sellos oficiales normalizados, se clasifican en tres clases:
* Sellos de registro de documentos
* Sellos de compulsa de copias de documentos
* Sellos de pie de firma
Sellos de registro de documentos:
Existen dos tipos:
* Recepción: donde se registrará la hora de entrega
* Salida
Sustitutivos del sello de registro.-
Para sustituir el sello de registro de documentos, la Orden de 1 de diciembre de 1995, establece que se podrá utilizar la diligencia de documentos mediante impresiones mecánicas.
Sello de compulsa de copias de documentos.-
Después de realizar la autenticación de un documento, se formaliza la compulsa realizando sobre la copia diligencia de la compulsa, que puede realizarse estampando el sello correspondiente y cumplimentando después el mismo.
Sello de pie de firma.-
Siempre de forma circular. Los documentos expedidos por las distintas dependencias de la Administración de la Junta de Andalucía llevarán estampado este sello junto a la rubrica.
Existen dos versiones:
Sello de uso general: que se utilizará en los pies de firma, no existiendo excepciones al mismo, salvo las derivadas de su tamaño. Diámetro de 35 mm.
Sello de tamaño reducido: se utilizará de forma restringida. Diámetro: 20 mm

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