En este tipo de travesías no existe limitación mínima de velocidad. La velocidad máxima de forma general establecida para estas vías es de 50 km/h.
Los vehículos de mercancías peligrosas no podrán ir a más de 40 km/h. Estas velocidades se verán reducidas según se indique en señalizaciones, en travesías y en vías urbanas que sean peligrosas, por ser muy transitadas, por tener un trazado particular o por otras razones.
Los adelantamientos.- Nunca se puede adelantar a un vehículo que ya circula a la velocidad máxima genérica de la vía por la que circula.
A veces, cuando se realiza una maniobra de adelantamiento, el vehículo que va a realizar la maniobra puede superar la velocidad máxima establecida para la vía. La velocidad máxima no puede rebasar en más de 20 km/h a esta velocidad máxima. Esta la pueden llegar a alcanzar los turismos y las motocicletas (sólo estos) que realizan una maniobra de adelantamiento en:
-Autopistas
-Autovías
-Carreteras con más de un carril por sentido o con arcén de anchura superior a 1,50 metros o con carril para vehículos lentos.
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