ESTADO DE DERECHO
- Cuando el estado se organiza se basa en PRINCIPIOS ESENCIALES, regido por el derecho, y leyes: que son el único tipo de regla que se le impone al ser humano por el hecho de vivir en sociedad.
- No se puede separar de la soberanía del estado, el estado al dictar las normas debe tener en cuenta que su bien es lograr el orden para el bien común.
- La soberanía es característica muy especial del estado que ayuda a mantener la unidad dentro de lo mismo, lo hace más palpable, visible etc.
CONTROLES
INTERNOS:
JURISDICCIONAL, LEGISLATIVO y EJECUTIVO, por medio de la distribución de poderes.
CONTROL INTERNO: puede ser por medio de las votaciones, al los ciudadanos elegir a sus gobernantes.
EXTERNOS:
CONTROL INTERNACIONAL: cuando se involucra a sujetos como en los derechos humanos. Por ejemplo: la corte penal, con sede en España. Allí demandan a gobernantes contra la violación de derechos o por abuso de poder, o de derechos. O la corte penal internacional. La sociedad se preocupa por controlar en lo posible el exceso de poder.
OPINIÓN PUBLICA: ahora que los estados están tan entrelazados, con la globalización la opinión pública tiene influencia fuerte sobre como manejar el poder, que obliga al cambio de decisiones.
FUNCIONES DEL ESTADO:
Que hace el estado para alcanzar el bien común. O bien público temporal; para ello desarrolla ciertas actividades o cometidos:
Antes con Montesquiev se hablo de división de poderes, pero ahora se habla de DISTRIBUCIÓN de poderes y se llama la teoría de frenos y contrapesos. Pero actualmente se habla de organismos no de poder judicial, ejecutivo etc., por que el poder es uno sólo, pero es un poder que esta compuesto por varios a los que llamamos organismos.
LEGISLATIVO:
Función principal legislar, hacer leyes, hacer derecho POSITIVO, como es que características se le puede dar? Al que legisla ahora se le llama congreso, antes era asamblea, en otro lado parlamento.
Características son:
1. Su función es una función creadora del derecho y normas que obligan a la comunidad.
2. Esta función creadora tiene una expresión o manifestación física, tenemos un reflejo palpable, que viene a ser la ley. Esta plasmado en esta.
3. Son normas de conductas, abstractas, general, impersonales. (para toda la colectividad)
4. Las normas son permanentes, para que se prolonguen en el tiempo, no se debe hacer una ley que desaparezca o se cambien mañana.
5. Las normas son obligatorias, el acto legislativo es obligatorio.
¿Quiénes intervienen en el proceso de formación de la ley? El legislativo y judicial, los tres poderes tienen iniciativa de ley.
|
1. Teoría del Estado El Estado es ese ente superior a cualquiera y que es producto de la colectividad,... [07/10/09] |
2.660 | ||||
|
2. Teoría de la Historia Si te interesa conocer algo más acerca de la Historia, éste es tu curso. Con él... [07/11/05] |
10.211 | ||||
|
3. Historia política de Chile Curso sobre la Historia Política de Chile. Ofrece la posibilidad de conocer este... [20/04/06] |
1.171 | ||||