La Constitución es la primera norma del Ordenamiento Jurídico, la Ley suprema y por tanto la fuente de fuentes. Parte de su contenido es calificable como materia jurídico-administrativa.
Hoy rige en España la Constitución de 31 de octubre de 1978, que se caracteriza por las siguientes notas:
1) Se trata de una constitución escrita, de corte democrático y liberal sobre la que han influido la Ley Fundamental de Bonn, la Constitución portuguesa y la italiana, y, en menor grado o medida la francesa.
2) Se trata de una constitución rígida, que establece especiales dificultades para su reforma.
Le corresponde una superlegalidad formal y una superlegalidad material en cuanto a su valor jurídico:
a) Desde el punto de vista formal, la superioridad resulta del establecimiento de especiales dificultades para su derogación o reforma a diferencia de otras normas jurídicas.
b) La llamada superlegalidad material se refiere a la superioridad de contenido y de rango de la constitución en relación a las demás leyes.
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