Continuamos hablando de normas que se han reformado en la Unión Europea a partir del Tratado de Niza.
4.El Parlamento Europeo se compondrá de 732 escaños, en lugar de los 626 actuales. Alemania contará con 99 diputados, 72 los otros "grandes", y España y Polonia tendrán 50. Los escaños en el Parlamento han servido para compensar las disparidades en el reparto de votos en el Consejo.
5.En el 2005, los países que actualmente tienen dos comisarios (Alemania, Francia, Reino Unido, Italia y España) pasarán a tener uno. Cuando la Unión tenga 27 miembros, se tendrá que decidir "por unanimidad" el número definitivo de comisarios, que deberá ser inferior a 27. Se diseñará un un sistema de rotación "igualitaria", de manera que la composición de la Comisión refleje de forma satisfactoria, el peso demográfico de los miembros y las diversas zonas geográficas europeas. En este tema, uno de los grandes terrenos de batalla entre "grandes" y "pequeños", no se ha podido alcanzar una solución definitiva aunque se han diseñado las grandes líneas del futuro acuerdo.
6.Se refuerzan los poderes del Presidente de la Comisión que, en adelante, será designado por mayoría cualificada, no por unanimidad como ahora y; cuyo nombramiento deberá ser sometido a la aprobación del Parlamento Europeo.
7.Aumenta el número de temas, unos cuarenta, esencialmente de carácter técnico, en los que las decisiones se toman por mayoría cualificada. Sin embargo, en aspectos "sensibles" para diversos países se mantiene el derecho de veto. Es el caso de los asuntos sociales y de cohesión para España, los asuntos de fiscalidad para el Reino Unido, el tema de asilo e inmigración en el caso alemán, o las cuestiones de libertad comercial en el terreno cultural y audiovisual para Francia.
8.Se abre la posibilidad de que algunos países decidan ir más deprisa en asuntos relacionados con la integración. Es lo que se ha venido a denominar la "Europa de dos velocidades". Sin embargo, se ponen límites a esta capacidad:
a) Al menos deben ser 8 países miembros los que opten por iniciar una "cooperación reforzada".
b) Quedan excluidas de este mecanismo las políticas comunitarias, las cuestiones relacionadas con el Tratado de Schengen, lo que afecte negativamente al mercado interior y los asuntos de defensa y fabricación de armamento.
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