En el capitulo anterior observamos que los llamados “contratos de trabajo” no son otra cosa que la formalización escrita de las condiciones de trabajo a que estará sujeta una relación individual de trabajo y que estas condiciones deben estar claramente descritas y escritas, pues son la base de lo que se ofrece y de lo que se recibe durante la relación laboral, tanto por parte de los patrones como de los trabajadores, sin embargo, la Ley no se limita a explicar y dejar a la libre interpretación o imaginación de alguien muchos aspectos importantes y como mencionamos anteriormente, aun cuando los contratos por tiempo indeterminado den la posibilidad de tener un trabajo para toda la vida, existe la suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo, además de la rescisión y la terminación de las mismas, en este capítulo revisaremos la suspensión.
Para hacer un poco más fácil la comprensión de la suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo pondré un ejemplo sencillo y muy común en la vida diaria…
Como mencioné antes, en México, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es el organismo encargado de proporcionar las prestaciones de seguridad social a sus afiliados y los trabajadores que están al servicio de un patrón por obligación, deben estar afiliados a este instituto…
Sin embargo, este es otro tema muy extenso y que por no ser materia de este trabajo solo se mencionaran aspectos que estén relacionados…
Dicho lo anterior seguimos…
Hablaba del ejemplo…
Me han preguntado en reiteradas ocasiones que sucede con el salario de los primeros tres días de incapacidad que el seguro social no cubre cuando un trabajador es incapacitado para realizar su trabajo por una enfermedad no profesional, es decir por una “enfermedad general”
Algunos me comentan molestos y otros resignados algo semejante a lo siguiente:
“La empresa me los descontó y yo no tengo la culpa de que me hayan incapacitado”
Lo anterior es cierto, el trabajador no tiene la “culpa” de enfermarse y por lo mismo, la ley lo protege y da la autoridad al IMSS, para velar por su seguridad y expide un certificado de incapacidad temporal.
Sin embargo, es también entendible que las relaciones de trabajo se basan en la prestación de un trabajo a cambio de un salario, ¿entonces qué pasa cuando un trabajador se incapacita y no presta el trabajo al patrón?
La respuesta es sencilla... no se da la relación de trabajo.
La ley en su artículo 42 señala en forma clara, los supuestos en que la relación de trabajo se SUSPENDE TEMPORALMENTE y al mismo tiempo SUSPENDE LA OBLIGACION DE PRESTAR EL SERVICIO Y PAGAR EL SALARIO, SIN RESPONSABILIDAD PARA EL TRABAJADOR Y EL PATRON y son las siguientes:
I. La enfermedad contagiosa del trabajador. Puede ser por ejemplo la no muy lejana pandemia de la influenza causada por el virus AH1N1
II. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo. Por ejemplo una fractura sufrida haciendo ejercicio, una caída, cáncer, colitis, gastritis, etc.
III. La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia absolutoria. Si el trabajador obró en defensa de la persona o de los intereses del patrón, tendrá éste la obligación de pagar los salarios que hubiese dejado de percibir aquél. Por ejemplo, al participar en la defensa del establecimiento o lugar de trabajo del ataque de extraños, una vez dictada la resolución de un juez, se pagaran los salarios devengados.
IV. El arresto del trabajador. Por ejemplo por cualquier causa.
V. El cumplimiento de los servicios y el desempeño de los cargos mencionados en el artículo 5o de la Constitución, y el de las obligaciones consignadas en el artículo 31, fracción III de la misma Constitución. Por ejemplo alistarse en el Ejército y ser jurado entre otros
VI. La designación de los trabajadores como representantes ante los organismos estatales, Juntas de Conciliación, Conciliación y Arbitraje, Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y otros semejantes; y no requiere ejemplo
VII. La falta de los documentos que exijan las leyes y reglamentos, necesarios para la prestación del servicio, cuando sea imputable al trabajador. Por ejemplo documentos que acrediten la estancia legal en el País
En los demás artículos de este capítulo, se indican los momentos en que se inicia la suspensión y los momentos en que el trabajador deberá regresar a su trabajo de acuerdo a la terminación de esta.
Por mencionar alguno, en el caso de enfermedad contagiosa, al día siguiente de que esta situación termine, es decir cuando el trabajador este sano y obviamente exista el dictamen del IMSS.
Como podemos observar, la Ley considera situaciones que por su naturaleza afectan una relación laboral, y reconoce que la interrumpen en forma temporal, sin que exista la voluntad de que así suceda ni por parte del trabajador ni por parte del patrón, y continua con el objetivo de regular las relaciones de trabajo y en este caso da los parámetros para identificar en qué momento las relaciones de trabajo se SUSPENDEN TEMPORALMENTE sin que alguna de las partes sea responsable de la situación y aún mas, define claramente los momentos en que se deben llevar a cabo acciones, al indicar inicio y término de la suspensión.
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