A diferencia de las normas generales del
derecho internacional, las reglas del DIH regulan una situación especial, la de conflicto armado, por lo que su ámbito de aplicación es determinante: únicamente rigen cuando se producen los supuestos previstos en las mismas. Por tanto, se trata, en definitiva, de leyes temporales y, en cierto modo, excepcionales, pues su aplicación supone la regulación por parte del derecho internacional de un nuevo orden jurídico diferente al ordenamiento jurídico de los tiempos de paz o normalidad. El propósito del DIH es paliar los rigores de los conflictos armados, una vez que éstos se han desencadenado, introduciendo principios de humanidad. De ahí que sus normas sean el producto de una transacción o compromiso entre las necesidades militares y las humanitarias. Estudiaremos en este posgrado el sistema de protección que establece el DIH para proteger a las víctimas de los conflictos armados, a través, por un lado, de la previa categorización de éstas y su consecuente protección específica (primera especialización) y por otro lado, mediante la regulación jurídica de la conducción de las hostilidades y de los elementos que intervienen en la acción bélica: sujetos combatientes, armas, métodos y objetivos militares (segunda especialización).
Aplicación profesional
Normalmente, el grado de aplicación tiene un carácter complementario, sin excluir los supuestos en los que pueda adquirir una dimensión específica, como sería el caso de la aplicación del DIH en el campo de la difusión y la enseñanza. El conocimiento sistemático y en profundidad del DIH que proporciona este posgrado mejorará sustancialmente la calidad del trabajo llevado a cabo en situaciones de preconflicto, conflicto y posconflicto, por los distintos actores diplomáticos, mediáticos, militares, policiales, jurídicos, humanitarios y políticos, entre otros, que estarán capacitados para incorporar los elementos propios del DIH en los procesos de planeamiento, decisión y ejecución de sus actividades.
Temario
| 2. | Ámbito general de protección
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| 3. | Protección especial de las personas más vulnerables
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| 4. | Protección de las personas en los conflictos armados no internacionales y en situaciones de violencia interna
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| 5. | Sujetos combatientes y acciones hostiles
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| 6. | Armas convencionales y protección del medio ambiente
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| 7. | Armas de destrucción masiva
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