Programa
1.
Introducción 1.1. Introducción al
derecho internacional humanitario y rasgos esenciales 1.2. Evolución normativa y fuentes del derecho internacional humanitario 1.3. Sistema de eficacia y principios generales del derecho internacional humanitario 1.4. Protección de víctimas y conducción de hostilidades 1.5.
Prohibición del uso de la fuerza y el sistema institucionalizado de
seguridad colectiva. Aplicación del DIH a las operaciones de paz
2.
Evolución y principios de la justicia penal internacional 2.1. Derecho internacional humanitario y derecho internacional de los
derechos humanos 2.2. Represión de las infracciones del derecho internacional humanitario y del derecho internacional de los derechos humanos en el ámbito interno e internacional 2.3. Evolución histórica de la justicia penal internacional 2.4. Principio de jurisdicción universal y crímenes internacionales 3.
Tribunales penales internacionales ?ad hoc? 3.1. Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia I 3.2. Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia II 3.3. Tribunal Penal Internacional para Ruanda. El Tribunal Penal Especial para Sierra Leona 4.
La protección en el ordenamiento penal interno 4.1. Protección de personas y bienes en caso de conflictos armados 4.2. Protección de las víctimas de la guerra en el ordenamiento penal
español; en especial en el Código penal 4.3. Estudio de las tipicidades concretas en el ordenamiento penal 5.
Proyecto La historia de la humanidad es, en buena parte, la constatación de los fracasos de la justicia en su lucha contra la impunidad de quienes han cometido los crímenes mas graves de trascendencia para la comunidad internacional. Sus autores, paradójicamente, ni siquiera eran enjuiciados, por la incapacidad de los Estados para iniciar siquiera la acción penal contra las propias autoridades instigadoras o responsables de tan graves delitos.
Fundamentalmente, el derecho de los derechos humanos y el
derecho internacional humanitario o derecho de los conflictos armados como partes del derecho internacional que regulan la protección de la persona ante los abusos del poder y el comportamiento de los sujetos internacionales en caso de conflicto bélico o en relación con el mismo, establecen un sistema de eficacia para garantizar su cumplimiento, de modo que la violación de sus normas constituye un acto ilícito o antijurídico, que genera o engendra una responsabilidad, y, en su caso, la imposición de una sanción.
Ahora bien, la existencia de tribunales penales internacionales no exime a los Estados de su prioritario deber de ejercer su jurisdicción penal contra los responsables de crímenes internacionales, acabando con la ?cultura de la impunidad?.
Tanto los cuatro convenios de 1949 (art. 1) como el Protocolo I de 1977 (art. 1.1) enuncian el compromiso de los Estados Partes de respetar y hacer respetar sus disposiciones en todas las circunstancias.
Los cuatro convenios de 1949 establecen una obligación muy precisa a cargo de los Estados Partes: la de ?tomar las oportunas medidas legislativas para determinar las adecuadas sanciones penales que se han de aplicar a las personas que hayan cometido, o dado orden de cometer, una cualquiera de las infracciones graves ?contra los convenios.
Aplicación profesional
Se pretende dotar a los participantes de conocimientos generales sobre el sistema en el que se basa la Justicia Penal Internacional, proporcionando conocimientos esenciales para quienes trabajen o pretendan trabajar en el futuro en el ámbito de las
relaciones internacionales, en el ejercicio de la abogacía y del derecho penal internacional o en el de la cooperación internacional.