4.1. El procedimiento de selección consistirá en la valoración de los méritos de los aspirantes, y a tales efectos los baremos serán los ya establecidos en las convocatorias de procesos selectivos para personal estatutario fijo en cada una de las categorías y, en su caso, especialidad, excepto en el apartado de formación continua en el que se estará a lo dispuesto en el Acuerdo de 1 de abril de 2009 de formación propia del personal del Servicio Extremeño de Salud. Los baremos de cada categoría se recogen en el Anexo III de esta Resolución.