Quinta. Sistema selectivo y desarrollo del proceso.
1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 16.3 del vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio de la Junta de Andalucía, la selección del personal se llevará a cabo a través del sistema de concurso. La puntuación final del proceso selectivo no podrá superar los 90 puntos.
En caso de empate en la puntuación final el orden se establecerá atendiendo a la puntuación obtenida en el concurso de méritos por el mismo orden en que aparecen regulados en esta convocatoria; de persistir la igualdad, se acudirá al tiempo de experiencia profesional valorado en cada uno de los apartados de esta Base y por el orden en que se encuentran relacionados; finalmente, de mantenerse aún el empate, se resolverá a favor del/la aspirante cuya letra inicial del primer apellido esté primera en el orden determinado en el sorteo de actuación de las pruebas selectivas para establecer el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas correspondientes a la presente convocatoria: letra «G», obtenida mediante sorteo público según consta en la Resolución de 28 de enero de 2008, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo por el que se determina el orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas (BOJA núm. 14, de 13 de febrero de 2008).
2. El concurso consistirá en la valoración por la Comisión de Selección, con arreglo al baremo que se detalla a continuación, de los méritos que acrediten los/las aspirantes, referidos al día de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente convocatoria. El número de aprobados/as no podrá ser superior al de plazas convocadas.
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Puedes ver más información sobre el proceso selectivo en el boletín oficial