a) Ser español.
b) Haber cumplido los veintiún años y no superar los cuarenta y cinco antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias de la presente convocatoria; no obstante, cuando los aspirantes a las plazas ostentasen en el momento de realizarse la correspondiente convocatoria la condición de funcionarios de un Cuerpo de Policía Local en categorías inferiores a la de la plaza convocada, no se computará, a los efectos de cálculo de la edad máxima exigida que anteriormente se ha mencionado, el tiempo de servicios prestados desde la fecha de ingreso en el cuerpo hasta la de la señalada convocatoria.
c) Estar en posesión del título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente.
d) Estar en posesión del permiso de conducir de la clase A, con una experiencia mínima de dos años, y clase B, con la autorización para conducir vehículos prioritarios (BTP) o equivalentes.
e) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones de oficial de Policía Local.
f) No haber sido separado del servicio, en virtud de expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública.
g) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
h) Acreditar la aptitud física mediante la presentación de un certificado médico extendido en un impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de los ejercicios físicos que figuren en la prueba de oposición y las determinadas exigidas respecto a la talla de los aspirantes.
Este certificado será acreditado con anterioridad a la celebración de las pruebas físicas a las que hace referencia el párrafo anterior y, en todo caso, no excluirá, en absoluto, las comprobaciones posteriores que integran la prueba de reconocimiento médico descrito en la fase de oposición.
i) Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley.
j) Tener una estatura mínima de 1,70 metros los hombres y de 1,65 metros las mujeres.