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Convocatoria Concurso-oposición a Oficial del Servicio de Bomberos
convocatoria cerrada
en Ayuntamiento de Badajoz
Descripción de la oposición
Se convocan pruebas selectivas para cubrir, con carácter de funcionario interino, por el procedimiento de concurso-oposición, una plaza de Oficial del Servicio de Bomberos, adscrita al puesto n.º 176 (Jefe del Servicio Contraincendios), perteneciente a la escala de Administración Especial, encuadrada en el grupo A1.
Más detalles para Concurso-oposición a Oficial del Servicio de Bomberos
Requisitos
a) Ser español o, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, tener nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea, o la de cualquiera de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados, por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos que esta se halla definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea. Igualmente, podrán participar en el proceso selectivo, cualquiera que sea su nacionalidad, los cónyuges españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, (siempre que no estén separados de derecho), sus descendientes y los de sus cónyuges (siempre que no estén separados de derecho) y sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión de la siguiente titulación:
* Título de Ingeniero Superior o Arquitecto.
* Estar en posesión del carné de conducir de la clase B y B.T.P.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible o impida el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.