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Convocatoria Concurso-oposición a Profesor de tecnología

convocatoria cerrada

en Generalitat de Catalunya

Descripción de la oposición Convocatoria de pruebas para la provisión de plazas de funcionarios docentes.

DOGC nº 4850
27 de marzo de 2007
Historial
de convocatorias
Entidad Generalitat de Catalunya UbicaciónConsultar
Plazo de presentación16 de abril de 2007 Grupo A1 (Título universitario de Grado)
Plazas Número de plazas total: 150   - Minusválidos: 7
- Libres: 106
- Promoción interna: 37
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Requisitos
Requisitos generales.

a) Ser español, o nacional de otros estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo sobre libre circulación de trabajadores y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español.
También podrán ser admitidos el cónyuge, los descendientes y los descendientes del cónyuge, tanto de los ciudadanos españoles como de los nacionales de los otros estados miembros de la Unión Europea o de los estados en los cuales, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, sea cual sea su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y, con respecto a los descendientes, sean menores de veintiún años o mayores de esta edad pero vivan a cargo de sus progenitores.

b) Tener dieciocho años cumplidos y no exceder, en el momento del nombramiento como funcionario de carrera, la edad establecida para la jubilación con carácter general.

c) Estar en posesión, o reunir las condiciones para la expedición, de alguna de las titulaciones que para cada cuerpo determina esta base. En caso de que la titulación mencionada haya sido obtenida en el extranjero, hará falta que previamente haya sido concedida la correspondiente homologación, o el reconocimiento de la titulación para ejercer la profesión de maestro o de profesor de educación secundaria, en ambos casos por parte del Ministerio de Educación y Ciencia.

d) No sufrir ninguna enfermedad ni estar afectado por ninguna limitación física o psíquica incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes al cuerpo y a la especialidad a que se opta.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna de las administraciones públicas, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

f) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo cuerpo en el cual quiere ingresar.

Para el ingreso en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.

a) Estar en posesión, o reunir las condiciones para su expedición, del título de doctor, licenciado, ingeniero o arquitecto, o el título de grado correspondiente o equivalentes a efectos de docencia, de acuerdo con lo que establece, el punto 1 de la disposición adicional única del Reglamento aprobado por el Real decreto 276/2007.

b) Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley orgánica 2/
Proceso selectivo
Desarrollo y procedimiento.

En el orden de actuación de los aspirantes se tendrá en cuenta el procedimiento selectivo por el que participan y, dentro de éste, la actuación la iniciarán aquéllos cuyo primer apellido empiece por la letra “D” de conformidad con lo que dispone la Resolución GAP/4250/2006, de 21 de diciembre (DOGC núm. 4798, de 29.12.2006), por la que se da publicidad al resultado del sorteo público para determinar la orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que se realicen durante el año 2007, para el ingreso a la función pública de la Generalidad de Cataluña.

A estos efectos, el orden de actuación de los aspirantes, con independencia de cuando se
realice la prueba de conocimiento de las dos lenguas oficiales en Cataluña, si procede, será el siguiente: en primer lugar, los aspirantes que participen por el procedimiento de acceso en un cuerpo de grupo superior, y los que lo hagan por el procedimiento de ingreso libre, conjuntamente con aquéllos que participen por la reserva de aspirantes con disminuciones.

Los tribunales que no dispongan de aspirantes cuyo primer apellido empiece con la letra mencionada, iniciarán la orden de actuación por la letra o letras siguientes.

El tribunal podrá requerir a los aspirantes en cualquier momento del procedimiento para que
acrediten su identidad.

Asimismo, si en cualquier momento del procedimiento selectivo llega a conocimiento del tribunal que algún aspirante no reúne los requisitos exigidos para esta convocatoria, el presidente, con la audiencia previa al interesado, comunicará a la Dirección General de Recursos del Sistema Educativo, a los efectos procedentes, las inexactitudes o las falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a los procedimientos selectivos, con propuesta de exclusión. En este caso, y hasta el momento en que el consejero de Educación dicte la resolución correspondiente, el aspirante podrá continuar de manera condicional su participación en el procedimiento selectivo.

(...)
Puedes ver más información sobre el proceso selectivo en el boletín oficial
boletín oficial (Página 11301)
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Concurso-oposición a Profesor de tecnología


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Contienen la descripción, los requisitos y proceso selectivo entre otros.
Se ha publicado en el DOGC nº 4850.

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Definitiva: 10 días después sale la definitiva.
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