2.1 Para ser admitido a los citados concursos se requieren los siguientes requisitos generales:
2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta esté definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.
2.1.2 Tener cumplidos 16 años y no haber superado los setenta años de edad.
2.1.3 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.1.4 No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.
2.2 Además los candidatos deberán cumplir el requisito de estar acreditado para el cuerpo y rama de conocimiento, según la plaza convocada (Anexo I) o ser funcionario del correspondiente cuerpo y rama de conocimiento, o de cuerpos docentes universitarios de iguales o superiores categorías. Asimismo, podrán presentarse a los concursos de acceso quienes resultaran habilitados o habilitadas conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regulaba el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos. A su vez se entenderá que los habilitados y habilitadas para Catedrático o Catedrática de Escuela Universitaria lo están para Profesor o Profesora Titular de Universidad.
2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 y 2.2 deberán poseerse al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.