Primer Ejercicio. Obligatorio. Consistirá en una prueba que evaluará conocimientos elementales de catalán. Para la práctica de este ejercicio se contará con la asistencia técnica del Servicio de Asesoramiento Lingüístico municipal.
El tiempo máximo para realizarlo es de una hora.
Este ejercicio podrá ser substituido por un certificado de nivel B de los expedidos por la EBAP a partir de 1994 o por uno de los previstos en el Decreto 80/2004, de 10 de septiembre, de la Dirección general de Política Lingüística de la Consejería de educación y cultura (BOIB número 132, de 21-09-2004), sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán, y demás disposiciones aplicables que garanticen los conocimientos de catalán. Este certificado deberá adjuntarse a la instancia de solicitud de admisión a las pruebas selectivas, sin que pueda ser presentado en ningún otro momento. La no presentación implica la obligatoriedad de realizar el ejercicio.
Igualmente restarán exentos de realizar la prueba de catalán aquellos aspirantes que hubieran superado la correspondiente prueba del nivel exigido o nivel superior en otra prueba anterior realizada con motivo de una oposición o concurso oposición del Ayuntamiento de Palma en los últimos cuatro años. Por lo cual, los aspirantes exentos por este motivo deberán manifestarlo en la instancia de solicitud de admisión a las pruebas selectivas, circunstancia que será comprobada de oficio por el tribunal en base a los datos que figuren en los archivos y bases de datos de esta Corporación.
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