A) Requisitos generales:
1) Nacionalidad:
a) Ser español.
b) Ser nacional de un Estado Miembro de la Unión Europea, del Reino de Noruega, de la República de Islandia, o Liechtenstein, así como de la Confederación de Suiza, o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2.- Edad: tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Jubilación forzosa que el Convenio Colectivo del personal laboral al servicio directo de BALTEN fija en 65 años.
3.- Titulación: estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de que se invoque un título equivalente o la oportuna titulación se haya obtenido en el extranjero, deberá presentarse la documentación a la que se refiere la base cuarta, apartado 4.
4.- Capacidad funcional: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, esto es, no padecer enfermedad o limitación física o psíquica que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
5.- Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
B) Aspirantes con minusvalía física, psíquica o sensorial: Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes, y siempre que no sea necesaria la adaptación funcional del puesto de trabajo.