N.º de Cursos que componen el Programa: 5
N.º de Trabajos de Investigación que componen el Programa: 2
Áreas de conocimiento a las que se adscribe: DERECHO CONSTITUCIONAL
Coordinador: Dr. D. Juan Manuel Goig Martínez
INDICACIONES GENERALES:
Entre los criterios que se tendrán en cuenta para la admisión de los alumnos se otorgará prioridad al expediente académico. Se recuerda a los alumnos que, cumpliendo ciertos requisitos, podrán completar hasta un máximo de cinco créditos realizando algunos cursos o seminarios no contemplados en este programa. El profesorado organizará sesiones presenciales, de las que tendrá puntualmente informados a los alumnos. La asistencia a las mismas será obligatoria cuando así se les indique expresamente, en función de las Exigencias específicas y del desarrollo de cada curso. Es importante subrayar de antemano que quienes imparten cursos de doctorado no pueden responsabilizarse en general de la dirección de las eventuales tesis doctorales de todos sus alumnos.
PERÍODO DE DOCENCIA - Cursos que componen el Programa
ASPECTOS SUBJETIVO Y OBJETIVO DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
Profesores:Dr. D. Ignacio Gutiérrez Gutiérrez, Dr. D. Jorge Alguacil González Aurioles
- En las constituciones normativas del Estado social y democrático de Derecho, la clásica interpretación liberal de los derechos fundamentales ha quedado desbordada. Para la actual dogmática, que ciertamente discrepa a la hora de describir y valorar el fenómeno, ello se resume en que los derechos habrían sumado a su vertiente de derechos subjetivos una nueva dimensión objetiva, que a su vez se proyecta en varios planos con sentidos diferentes. El curso pretende ofrecer un análisis de esta pluralidad de aspectos y de sus relaciones.
ENJUICIAMIENTO DE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES
Profesor:Dr. D. Óscar Alzaga Villaamil
- El curso tiene por objeto el estudio de los diversos procesos que permiten al Tribunal Constitucional verificar la constitucionalidad de las Leyes en el ordenamiento jurídico español, y que resultan así expresión del principio de supremacía de la Constitución. Objeto de este curso serán los problemas que se plantean tanto al considerar los diversos modos de acceder a este control de constitucionalidad como los que surgen a lo largo de su tramitación y los que derivan de la diversidad de tipos de sentencias con los que el proceso puede concluir, con atención particular hacia los efectos de las sentencias de declaración de inconstitucionalidad.
EL RECURSO CONSTITUCIONAL DE AMPARO
Profesores:Dr. D. Juan Manuel Goig Martínez, Dr. D. Fernando Reviriego Picón
- Aunque el fundamento primero del origen de la Justicia constitucional lo constituye la necesidad de preservar la Constitución como Norma Suprema del Estado y depurar el ordenamiento jurídico de aquellas normas o preceptos que la vulneren, el llamado "sistema europeo" de jurisdicción constitucional ha ampliado las competencias de los Tribunales constitucionales residenciando en ellos la protección de los derechos y libertades a través del recurso de amparo.La finalidad esencial del recurso de amparo es la protección de los derechos y libertades reconocidos en el art 14 de la Constitución, en la Sección 1ª del capítulo II del Título I y el derecho a la objeción de conciencia reconocido en el art 30.2, cuando las vías ordinarias de protección han resultado insatisfactorias.El presente curso tendrá como objeto el estudio del concepto, delimitación y naturaleza del recurso de amparo, así como los actos impugnables, la legitimación para recurrir y los efectos de la sentencia.
EL ESTADO AUTONÓMICO
Profesores:Dr. D. Juan Manuel Goig Martínez, Dr. D. Cayetano Núñez Rivero
- La Constitución de 1978 ha venido a modificar de manera sustancial las bases tradicionales del Estado español. España, si exceptuamos el Proyecto constitucional de 1873 y la Constitución republicana de 1931, se ha asentado sobre el modelo estructural del Estado-Nación unitario y descentralizado que se impone en Europa a partir de la Revolución francesa. El reconocimiento del derecho a la autonomía de nacionalidades y regiones y, por consiguiente, la nueva configuración territorial del poder, que realiza el art 2 CE, ha constituído sin duda una de las mayores innovaciones y uno de los mayores retos a los que se ha enfrentado la Constitución de 1978, máxime si tenemos en cuenta la falta de tradición estable en la importante cuestión de la distribución del poder. La Constitución de 1978 debía intentar dar respuesta a varios problemas: articular la convivencia política entre la variedad de pueblos, nacionalidades y regiones; solventar viejas reclamaciones históricas y configurar un proyecto político de renovación estructural del Estado en que todos tuvieran cabida. Todos estos problemas han tenido su plasmación en la configuración de la organización territorial del Estado que realiza el Título VIII. Se trata, sin embargo, de un sistema plagado de imprecisiones y ambigüedades, que se ha ido concretanto a lo largo de un proceso que todavía no se ha cerrado.
LA IGUALDAD COMO PRINCIPIO, DERECHO Y OBJETIVO POLÍTICO
Profesores:Dr. D. Santiago Sánchez González, Dra. Dª. María Isabel Martín De Llano, Dra. Dª. María Salvador Martínez, Dra. Dª. María Isabel Serrano Maillo
- Este curso de doctorado pretende ofrecer a los alumnos la posibilidad de profundizar en el estudio de uno de los elementos esenciales del sistema constitucional, la igualdad y de analizar en su triple dimensión, como derecho fundamental, como principio y como objetivo político.El derecho fundamental a la igualdad ofrece a los titulares de la misma la posibilidad de reaccionar frente a actos discriminatorios de los poderes públicos, es decir, actos que introduzcan un trato diferente, respecto al dado a otro sujeto, y que, de acuerdo con el principio de proporcionalidad, no se pueda considerar justificado. El principio de igualdad, por su parte, tiene una proyección de mayor alcance, ya que vincula a todos los poderes públicos y les obliga a proteger, promover y garantizar la igualdad, entendida no solo como igualdad de trato, sino también como igualdad real y efectiva. Finalmente, entendida la igualdad como objetivo político, el legislador dispone de un amplio margen de maniobra para definir objetivos políticos concretos en la materia y para decidir los medios a establecer para alcanzar dichos objetivos.De acuerdo con esto, el alumno podrá analizar el derecho fundamental a la igualdad en el marco de una relación jurídica concreta (por ejemplo, en las relaciones laborales), ya que se trata de uno de los llamados "derechos reaccionales", o bien, desde el punto de vista del principio de igualdad y de los objetivos políticos, podrá analizar las actuaciones de los poderes públicos en orden a hacer realidad el principio de igualdad en un ámbito determinado o en relación con un grupo de personas determinadas (por ejemplo, las medidas destinadas a lograr la igualdad real para la mujer, los extranjeros, los colectivos minoritarios...)
PERÍODO DE INVESTIGACIÓN - Trabajos que componen el Programa
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN SOBRE JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL
Profesores:Dr. D. Óscar Alzaga Villaamil, Dr. D. Juan Manuel Goig Martínez, Dr. D. Ignacio Gutiérrez Gutiérrez, Dr. D. Cayetano Núñez Rivero, Dr. D. Santiago Sánchez González, Dra. Dª. María Isabel Martín De Llano, Dr. D. Jorge Alguacil González Aurioles, Dra. Dª. María Salvador Martínez, Dra. Dª. María Isabel Serrano Maillo, Dr. D. Fernando Reviriego Picón
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN SOBRE DERECHO CONSTITUCIONAL ESPAÑOL.
Profesores:Dr. D. Óscar Alzaga Villaamil, Dr. D. Juan Manuel Goig Martínez, Dr. D. Ignacio Gutiérrez Gutiérrez, Dr. D. Cayetano Núñez Rivero, Dr. D. Santiago Sánchez González, Dra. Dª. María Isabel Martín De Llano, Dr. D. Jorge Alguacil González Aurioles, Dra. Dª. María Salvador Martínez, Dra. Dª. María Isabel Serrano Maillo, Dr. D. Fernando Reviriego Picón