Ilustre Colegio de Abogados de Castellón

  • 1

    Curso

  • 1

    Opinión

  • 4.0 /5

    Valoración

  • En Castellón

Opiniones sobre Ilustre Colegio de Abogados de Castellón (1)

1
4.0 /5
100%

Opiniones

Valoración del Centro

Lo recomiendan

Judit Coderch Puertas

17/12/2018
Opinión verificada
Lo mejor: Lo mejor de todo son los conocimientos y las herramientas que me proporcionó esta formación. Pude aplicarlas a mi trabajo y especializarme aún más.
A mejorar: Pienso que las opiniones de la persona que impartía la formación, eran demasiado contundentes y rígidas.
Curso realizado: Diciembre 2018
¿Recomendarías este centro?:
*Todas las opiniones recogidas por Emagister & iAgora han sido verificadas

Más información

Historia

En algunos colegios de abogados españoles tienen la suerte de disponer de documentación histórica, de tal forma que, a pesar de guerras y a pesar de expurgos indiscriminados u otras situaciones de abandono e incuria, es posible obtener los datos más elementales a la hora de escribir unas notas acerca de la historia corporativa. Este no es el caso de Castellón. Los archivos del Colegio incluyen documentación meramente desde 1938; todo lo anterior quedó destruido en el período de la guerra civil (1936-38). Por consiguiente, lo precedente a esa fecha –incluída la primera cuestión: ¿cuándo se fundó el Colegio?- habrá que buscarlo en una serie de fuentes indirectas, bien bibliográficas, bien documentales.

Bien, Castellón de la Plana es capital de provincia desde 1833 (siendo la división de los partidos judiciales del siguiente (1834), luego Castellón debe de tener Colegio de Abogados.

¿Cuándo se daría cumplimiento al mandato legal de 1838? Hoy por hoy, la fecha exacta nos resulta una incógnita. Ni el Boletín Oficial de la Provincia, que comenzó su publicación el 1 de septiembre de 1834 y que, además de las materias que le son propias, también recogía en los primeros años numerosas noticias, ni, por supuesto, el Boletín Oficial del Estado, nos dan referencia alguna. Por descontado, tampoco es posible consultar la prensa castellonense coetánea, ya que el primer periódico -bisemanal-, “El Eco de Castellón” (5), no aparece sino hasta 1856.

A partir de estos presupuestos, la primera referencia que hemos podido localizar ha sido en el Libro de Actas nº8 del Colegio de Abogados de Valencia, que recoge las actas de las juntas desde 1838 a 1842. En el folio 49, y referida a la junta del 26 de junio de 1841, puede leerse:

“enterada la Junta de dos oficios del Decano del Colegio de Abogados de Castellón de la Plana en que pide la acordada de la Certificación de pretenecer a este Colegio que Don José Tosquella y Don José Madramáñ han acompañado a la solicitud que respectivamente han presentado, para que se les admita en aquel Colegio, acordó que se espidan por el Secretario”.

Por consiguiente, entre el 28 de mayo de 1838, fecha del Real Decreto, y ese 26 de junio de 1841 debió en buena lógica constituirse nuestro colegio castellonense, colegio que hay que aclararlo era estrictamente local (será de ámbito provincial a partir de 1950).

Sobre el centro

El Ilustre Colegio de Abogados de Castellón ofrece formación para colegiados, tanto si ejercen como si no, en distintos ámbitos relacionados con el derecho. Con vistas a mejorar la cualificación profesional de los abogados, investigadores de derecho o estudiantes de postgrados y opositores, el centro pone a la disposición de todos los letrados que pertenezcan al colegio jornadas temáticas y cursos de derecho penal, financiero, ciencias jurídicas, derecho laboral e internacional. Así, algunas de las jornada realizadas versan sobre temas como la perspectiva de género en las ciencias jurídicas, el derecho marítimo y la insolvencia o el análisis de estados financieros y la valoración de participaciones societarias.

La historia del Ilustre Colegio de Abogados de Castellón comienza en el siglo XIX, y desde entonces se ha mantenido activo en los servicios tanto al colegiado como al ciudadano; ofreciendo tanto labor formativa, protección legal y ofertas de trabajo como asistencia jurídica gratuita en caso de necesidad y servicio de orentación.

Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

Fines del Colegio.

Son fines del Colegio de Abogados de Castellón en su ámbito territorial:

- La ordenación del ejercicio de la profesión y la representación exclusiva de la misma.
- La defensa de los derechos e intereses profesionales de los colegiados.
- La formación profesional permanente de los abogados.
- El control deontológico y la aplicación del régimen disciplinario en garantía de la sociedad.
- La defensa del Estado social y democrático de derecho proclamado en la Constitución y la promoción y defensa de los Derechos Humanos.
- La colaboración en el funcionamiento, promoción y mejora de la Administración de Justicia.

Más información

¿Necesitas un coach de formación?

Te ayudará a comparar y elegir el mejor curso para ti y a financiar tu matrícula en cómodos plazos.

900 49 49 40

Llamada gratuita. Lunes a Viernes de 9h a 20h.

Más información

¿Necesitas un coach de formación?

Te ayudará a comparar y elegir el mejor curso para ti y a financiar tu matrícula en cómodos plazos.

900 49 49 40

Llamada gratuita. Lunes a Viernes de 9h a 20h.

Ilustre Colegio de Abogados de Castellón