Resumen del recurso
La Agencia española de protección de datos ha emitido un informe jurídico por el que considera que la dirección IP, por sí sola, constituye un dato de carácter personal y que, por tanto, los titulares de las páginas que almacenen este dato tendrán que registrar el fichero correspondiente.
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1. La APD considera ''dato de carácter personal'' la dirección IP