Noción conceptual.
Fundamento.
Requisitos.
Beneficiario de la fe publica registral: el tercero registral.
En líneas generales, la protección que brinda el Registro tiene dos destinatarios perfectamente definidos.
Por un lado, el titular registral, esto es, aquél que tiene un derecho inscrito en el Registro.
Y, por otro, los terceros, es decir, aquéllos que adquieren un derecho amparados en la publicidad que brinda el Registro..
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