Postgrado - Presencial
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60 Horas
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Requisitos
Los estudiantes que sigan los cursos de invierno tendrán derecho a la obtención de un título de la U... ver másniversidad Carlos III de Madrid. Para tener derecho a la obtención del título correspondiente a cada curso será requisito inexcusable, además de la formalización de la matrícula, la asistencia, al 100 por ciento de las clases.
850 - 425€ IVA inc.
Beca. Se prevé la concesión de un máximo de 70 becas de exención del 50% del coste total de la matrícula. ... ver más El criterio de adjudicación será el expediente académico de la licenciatura cursada. Es obligatorio aportar la documentación indicada en el apartado de Matrícula (ver web), salvo el comprobante bancario, que será solicitado en el plazo que se fije en su momento y por el importe que corresponda, según la decisión que adopte la Dirección Académica sobre su solicitud de beca. Dicha decisión le será comunicada a través de correo electrónico
| Requisitos |
Los estudiantes que sigan los cursos de invierno tendrán derecho a la obtención de un título de la Universidad Carlos III de Madrid. Para tener derecho a la obtención del título correspondiente a cada curso será requisito inexcusable, además de la formalización de la matrícula, la asistencia, al 100 por ciento de las clases. Residentes en España
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Dirección: Dr. D. Luis Aguiar de Luque
Coordinación: Dr. D. Emilio Pajares
Objetivos
En la consideración clásica de la división, tripartita, de poderes, el llamado tercer poder se aparecíua en cirta forma desdibujado y prácticamente inexistente como tal poder, en la medida en que dicha teoría se concebía básicamente como técnica de equilibrio entre legislativo y ejecutivo. Desaparecida en buena medida la dualidad política entre estos órganos y consiguientemente la necesidad de equilibrio entre ellos, la exigencia de la división, esto es, de la limitación, del poder supone una reconsideración del poder no integrado en ese conjunto político Parlamento/Gobierno, como polo que modere la influencia y concentración de poder en ese conjunto.
Por esa razón, para tratar de definir la posición que le corresponde respecto a los otros dos poderes (y también en relación con otros elementos de indiscutible importancia en todo sistema de gobierno), es necesario considerar tanto el poder de cada juez que integra la magistratura como del poder judicial como manifestación organizada y colectiva del poder del Estado en relación con las esferas de actividad que tienen reservadas y, en sentido contrario, vedadas, la evolución que la integración internacional está proyectando sobre esta función, la influencia del principio democrático, al que ahora debe servir esa teoría de la división de poderes, en la conformación de esta organización y el ejercicio de su funciones... Todas estas cuestiones integran el contenido del curso que se propone.
Programa
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