Concepto.
Naturaleza jurídica.
Reglamentación.
Funciones.
Títulos negociables.
Contratos bursátiles.
Mercado de Capitales.
El Código de Comercio define la figura del comerciante en el articulo 10, según el cual son comerciantes los que teniendo capacidad para contratar hacen del comercio su profesión habitual, y las sociedades mercantiles.
El comerciante se sirve, para el ejercicio de sus actividades, de otras personas e instituciones que pueden tener facultades amplias o restringidas.
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