Relaciones individuales de trabajo (20º a 34º).
Duración de las relaciones de trabajo (35º a 41º).
Suspensión de los efectos de la relación de trabajo (42º a 45º).
Rescisión de las relaciones de trabajo (46º a 52º).
Terminación de las relaciones de trabajo (53º a 55º).
Condiciones de trabajo (56º a 131º).
Jornada de trabajo (58º A 68º ).
Días De Descanso (69º A 75º).
Fuente: http://www.ilustrados.com/