a)Ser español/a.
b)Tener cumplidos dieciocho años, y no haber cumplido 31 el día en que termine el plazo de admisión de instancias. Para la aplicación del límite máximo de edad se descontará el tiempo de servicios prestados en el mismo o en otros Cuerpos de Policía Local.
c)Estar en posesión del Título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente.
d)Carecer de antecedentes penales.
e)Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, y tener una estatura mínima de 1,70 metros para los hombres y 1,65 metros para las mujeres.
f)No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad prevista en las Leyes y Reglamentos que resulten de aplicación, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
g)Presentar certificado médico acreditativo de la aptitud física para realizar las pruebas señaladas en la convocatoria.
h)Comprometerse, bajo juramento o promesa, a llevar armas y utilizarlas cuando por razones del servicio así lo exijan las normas, así como a utilizar, cuando sea necesario, cuantos medios técnicos destine el Ayto. al servicio de la Policía Local.
i)Estar en posesión de los permisos de conducir de la clase A y de la clase B con autorización BTP, con la excepción prevista en el Art. 23.2) del Decreto 14/1999, que permite un plazo de cumplimiento para la obtención del permiso de conducir clase A hasta la finalización del curso de formación correspondiente a la segunda fase de la oposición.
j)Haber abonado la tasa por derechos de examen, conforme a lo dispuesto en al Ordenanza fiscal vigente en esta administración Municipal.
Todos estos requisitos deberán poseerse en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, con la salvedad del aptdo. i) y gozarán de los mismos durante el procedimiento de selección, hasta el momento de la finalización del curso de formación correspondiente a la segunda fase de la oposición.