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Home Educación y cultura Profesor de música y artes escénicas Profesor de instrumentos de cuerda
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Concurso-oposición a Profesor de música y artes escénicas de piano

convocatoria cerrada

en Comunidad de Madrid

Descripción de la oposición Número de plazas. Se convocan procedimientos selectivos, mediante el sistema de concurso oposición, para cubrir 1.500 plazas ubicadas en centros educativos dependientes de la Comunidad de Madrid, y cuyo desglose es el siguiente: -1160 plazas Secundaria -40 plazas EOI -100 plazas Música y artes escénicas -200 plazas FP

BOCM nº 45
22 de febrero de 2008
Historial
de convocatorias
Entidad Comunidad de Madrid - Consejería de Educación UbicaciónConsultar
Plazo de presentación13 de marzo de 2008 Grupo A1 (Título universitario de Grado)
Plazas Número de plazas total: 38   - Minusválidos: 3
- Libres: 29
- Promoción interna: 6
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Requisitos
Requisitos generales:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles, el de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes, los ascendientes y los de su cónyuge menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.
Si durante la realización de las pruebas, o durante la realización de las prácticas, en caso de que se hayan superado las fases de oposición y concurso, se suscitaran dudas respecto de la capacidad del aspirante para el desempeño de las actividades habitualmente desempeñadas por los cuerpos y especialidades que se convocan, el Tribunal correspondiente,o la Comisión de Selección, podrá solicitar de oficio el correspondiente dictamen del Servicio de Prevención de la UPAM o del Servicio de Inspección Médica. En este caso, y hasta tanto se emita el dictamen, el aspirante podrá seguir participando condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en suspenso la Resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso hasta la recepción del dictamen.
En el caso de que el aspirante opte por no presentarse ante el órgano citado, decaerá de todos los derechos adquiridos hasta ese momento.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

e) No ser funcionario/a de carrera, o en prácticas, o estar pendiente del correspondiente nombramiento, del mismo cuerpo en el que se pretende ingresar,(...) Página 111
Temario
Puedes ver más información sobre el temario en el boletín oficial

boletín oficial (Página 156)
Proceso selectivo
7.1. Fase de concurso:

7.1.1. En la fase de concurso se valorarán los méritos que acrediten los aspirantes de conformidad con lo dispuesto a continuación:
Únicamente serán valorados los méritos perfeccionados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en estos procedimientos selectivos.
A efectos de valoración de los méritos, conforme a los baremos que figuran como Anexos I y II a la presente convocatoria, los aspirantes adjuntarán a la solicitud de participación, los documentos justificativos que se indican en dichos baremos, entendiéndose que solamente serán valorados aquellos méritos que, dentro del plazo de presentación de solicitudes, se aleguen y aporten debidamente justificados, sin perjuicio de lo establecido en el subapartado 3.3.2 de esta convocatoria.

7.1.2. La asignación de la puntuación que corresponda a los aspirantes, por los méritos que acrediten según los baremos recogidos como Anexos I y II a la presente convocatoria (a excepción de la correspondiente a los apartados 3.2 del Anexo I y 3.2 del Anexo II, que serán valorados por la Comisión de Selección o Tribunal Único correspondientes), se llevará a cabo por las unidades de las Direcciones de Área Territoriales, o de la Dirección General de Recursos Humanos, que realizarán esta valoración en nombre de los órganos de selección.

(...)

7.2. Prueba de acreditación del conocimiento del castellano para los aspirantes que no posean la nacionalidad española:

7.2.1. De conformidad con lo previsto en el artículo 16 del Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes, aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, con carácter previo a la realización de las pruebas a que se refieren los apartados 6.1 y 7.3 de la presente Resolución, los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua, salvo que las pruebas selectivas impliquen por sí mismas la demostración de dicho conocimiento.


(...)

7.3. Fase de oposición en los procedimientos selectivos de ingreso libre y reserva de discapacitados: En esta fase se valorarán la posesión de los conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia, la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.
La valoración de estos conocimientos, para todos los cuerpos y especialidades, se llevará a cabo a través de una única prueba estructurada en dos partes, que no tendrán carácter eliminatorio. La prueba y sus dos partes se ajustarán a lo que se indica a continuación:

7.3.1. Parte A): Tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia.

(...)
Puedes ver más información sobre el proceso selectivo en el boletín oficial
boletín oficial (Página 120)
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Se ha publicado en el BOCM nº 45.

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Se cerró el plazo a fecha de 13 de marzo de 2008

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Provisional: se publican en un plazo de 1 mes tras el cierre del plazo de presentaciones de solicitudes.

Definitiva: 10 días después sale la definitiva.
La fecha y el lugar del primer examen se publica con la lista de admitidos.

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