a)Ser ciudadano de la Unión Europea, o su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.1 de la Ley 17/93, de 23 de diciembre, por la que se regula el acceso a determinados sectores de la función pública, de los nacionales de los demás estados miembros de la Comunidad Europea.
b)Tener cumplidos dieciséis (16) años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
c)No padecer enfermedad o defecto físico ni psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, sin perjuicio de la aplicación de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos.
d)No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e)Estar en posesión o haber abonado los derechos para obtenerlo, del título exigido por el artículo 43 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca que se indica en las Bases Específicas de la convocatoria
f)No hallarse incurso en causa legal de incapacidad o incompatibilidad
previstas en la normativa vigente.
Condiciones específicas de los aspirantes
a)Hallarse en posesión del Certificado de Escolaridad o equivalente o en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización de admisión de solicitudes.
b)Acreditar dentro del proceso selectivo, estar en posesión del Perfil Lingüístico 2 o equivalente.