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BOCM nº 208
1 de septiembre de 2006 |
Historial
de convocatorias |
| Entidad Comunidad de Madrid - Asamblea de Madrid | UbicaciónConsultar |
| Plazo de presentación21 de septiembre de 2006 | Grupo C2 (Graduado ESO) |
| Plazas Número de plazas total: 11 |
- Minusválidos: 1 - Libres: 10 |
Temarios para aprobar esta convocatoria
23.50 €
Temario disponible en e-Book |
Temarios para superar una oposición
8 €
Temario disponible en e-Book
16 €
Temario disponible en e-Book |
TEMARIO
1. La Constitución española. Características generales. Los derechos fundamentales y su protección.
2. La Corona. Sucesión y regencia. Las atribuciones del Rey. El refrendo.
3. La Cortes Generales. Composición atribuciones y funcionamiento. La elaboración de las leyes. Los tratados internacionales.
4. El Gobierno de la Nación: Funciones y responsabilidades.
5. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El Ministerio Fiscal. La organización judicial española.
6. La organización territorial del Estado español. Las Comunidades Autónomas.
7. La Comunidad de Madrid. Estatuto, organización y competencias.
8. El Consejo de Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid.
9. La Asamblea de Madrid (I). Constitución y funciones. Los Diputados: Derechos y deberes. Los Grupos Parlamentarios.
10. La Asamblea de Madrid (II). El Defensor del Menor en la Comunidad. La Cámara de Cuentas de la Comunidad.
11. La Asamblea de Madrid (III). El Pleno y las Comisiones Parlamentarias.
12. La Asamblea de Madrid (IV). Presidencia, Mesa y Junta de Portavoces.
13. La Asamblea de Madrid (V). Funcionamiento. La disolución de la Asamblea. La Diputación Permanente.
14. La Asamblea de Madrid (VI). Organización administrativa: Secretaría General, Direcciones.
15. El Estatuto de Personal de la Asamblea de Madrid. Derechos y deberes de los funcionarios. El Cuerpo de Subalternos. La Escala de Ujieres. Funciones. El Jefe de la Unidad de Ujieres.
16. Protocolo en la Administración de la Comunidad de Madrid.
1. La oposición se integra por los siguientes ejercicios, siendo todos ellos eliminatorios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario tipo test. El aspirante dispondrá de cuarenta minutos para responder a 50 preguntas acerca de las materias correspondientes al temario (Anexo I), cada una de las cuales contendrá cuatro respuestas alternativas de las cuales solo una de ellas es correcta.
No se puntuarán las preguntas no respondidas. La respuesta errónea o nula (varias respuestas) penalizará restando la mitad de la puntuación atribuida a la alternativa correcta.
Segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas psicotécnicas encaminado a determinar la aptitud para el desempeño del puesto de trabajo a cubrir.
2. Los opositores actuarán en cada ejercicio según el orden del sorteo público por el que se establece el orden de actuación de los aspirantes en todas las pruebas selectivas de ingreso que se celebren durante el año, y que se celebrará antes de comenzar el primer ejercicio y serán convocados para cada uno de ellos, en un único llamamiento, mediante la publicación del correspondiente anuncio en la Sede de la Asamblea de Madrid. En todo momento, podrán ser requeridos para acreditar su personalidad.
3. Durante la realización de los ejercicios queda totalmente prohibido llevar teléfonos móviles o cualquier otro objeto de telefonía móvil o de reproducción de sonidos. En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del tribunal con la finalidad de comprobar este extremo, así como la personalidad del aspirante que pudiera estar conculcando esta proscripción. Verificado este extremo el aspirante será excluido de la prueba.
4. En el caso de que algún opositor padezca una minusvalía que, sin llegar a impedirle el desempeño de las funciones correspondientes, le imponga limitaciones en cuanto al procedimiento de realización de los ejercicios, y lo haga constar expresamente en la instancia, así como las medidas que solicita para mitigar esta circunstancia, el tribunal podrá adoptar las disposiciones necesarias para atender la solicitud, siempre que con ello no se altere el contenido y la finalidad de la prueba, y se respete el principio de igualdad de oportunidades