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Retribuciones


Como hemos visto en el capítulo 2 de Trabajar para la Administración Pública, hay dos tipos de personal dentro de la Administración Pública: Personal funcionario y personal laboral.

Esta distinción es el principal condicionante a la hora de hablar de retribuciones.


Retribuciones del personal funcionario

El sueldo global de un funcionario viene definido por sus retribuciones básicas y complementarias (BOE n° 2 del 3 de enero de 2005. Correcciones en el BOE n° 4 del 5 de enero de 2005).

Las básicas se componen de:

Estas retribuciones básicas son iguales en todas las Administraciones para cada uno de los grupos. El sueldo de los funcionarios del grupo A no puede exceder en más de tres veces el sueldo de los funcionarios del grupo E.

Las complementarias se componen de:




Retribuciones del personal laboral

La estructura retributiva para el personal laboral es la siguiente:





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