| Requisitos |
1.- Ser ciudadano español, de acuerdo con la legislación vigente 2.- Tener una edad comprendida entre los 18 y los 35 años 3.- No estar inhabilitado. Residentes en España ( Barcelona )
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| Precio |
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EXAMEN
Cada alumno de Progresa Rapid dispondrá de los siguientes servicios:
RELACIÓN DE EXCLUSIONES MÉDICAS
Se considerarán no aptos para el trabajo de policía local aquéllas personas afectadas de procesos infecciosos, tumorales, degenerativos, traumáticos, metabólicos, congénitos o de cualquier naturaleza que ocasionen alteraciones significativas del estado físico, funcional o psíquico, de carácter irreversible o reversible de forma incompleta, así como toda enfermedad orgánica, secuela de accidente o cualquier deficiencia física o psíquica que, a juicio del Servicio de Prevención de este Ayuntamiento, pueda constituir una dificultad en la práctica profesional y que determine o pueda determinar la previsible evolución del proceso en cualquiera de las situaciones que se describen a continuación.
El Servicio de Prevención de este Ayuntamiento podrá requerir a los aspirantes que aporten, en el plazo que se fije, los informes facultativos que se consideren necesarios para confirmar la idoneidad del aspirante. Dichos informes serán valorados por el Servicio de Prevención de este Ayuntamiento, conforme a su criterio y, en su caso, confirmados por el mismo.
1.- Requisitos mínimos biométricos:
- Peso: No superior, ni inferior al 15% del teórico ideal, calculado mediante la fórmula siguiente:
Peso ideal = ((Talla cm. - 100 ) Edad/4) x 0'9
- Dinamometría manual: Hombres: Superior o igual a 50 Kg.f en ambas manos. Mujeres: Superior o igual a 45 Kg.f en ambas manos.
- Dinamometría lumbar: Hombres: Superior o igual a 85 Kg.f. Mujeres: Superior o igual a 65 Kg.f.
- Capacidad vital: No inferior al 10% de la propia para edad, peso, talla y sexo.
2.- Oftalmología
- No padecer disminuciones de la agudeza visual inferiores a 2/3 en el ojo peor, medida sin corrección.
- No padecer patología que, a juicio del Tribunal pueda alterar el desarrollo de la función de policía local o agravarse con la misma, entre ellas:
- Retinopatía
- Retinosis pigmentaria
- Hemeralopía
- Diplopía
- Discromatopsias importantes
- Glaucoma
- Afaquias, pseudoafaquias
- Subluxación de cristalino
- Distrofia corneal progresiva o con disminución de la agudeza visual inferior a la permitida
- Queratitis crónica
- Alteraciones oculomotoras importantes
- Dacriocistitis crónica
- Párpados: Cualquier patología o defecto que impida la protección del ojo a la intemperie
- Tumores oculares
- Amputación importante del campo visual en ambos ojos
- Queratotomía radial
3.- Otorrinolaringología
- No se admitirá audífono
- La agudeza auditiva conversacional no deberá sobrepasar pérdidas de entre 1000 y 3000 hertzios a 35 decibelios o de 4000 hertzios a 45 decibelios
- No padecer:
- Vértigo
- Dificultades importantes de la fonación
- Perforación timpánica
4.- Aparato locomotor
a) Extemidades superiores:
- Hombro: requisitos mínimos: elevación y abducción completas del mismo (180º)
- Codo: requisitos mínimos: flexión 140º, extensión 0º, supinopronación de 0º a 180º
- Muñeca: no padecer falta o pérdida de más de 1/3 de la falange distal del primer dedo de la mano, falta o pérdida de cualquier
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falange de cualquier dedo, excepto la falange distal del 5º dedo, falta de una mano o de cualquier parte de la misma, salvo los dedos según se describe anteriormente.
- No padecer pérdida de movilidad de algún dedo.
b) Extremidades inferiores:
- Cadera: requisitos mínimos: movilidad completa de caderas (extensión 0º, flexión 140º). No tener una extremidad inferior más corta que la otra (diferencia mayor de 1’5 cm.)
- Rodilla: requisitos mínimos: extensión completa, flexión 130º. No padecer lesiones articulares o ligamentosas reparadas o no.
- Tobillo: requisitos mínimos: dorso-extensión 60-0-20º
- Pie: no padecer:
- Pie cavo de 2º grado o superior
- Pie plano de 2º grado o superior
- Espondilolistesis
- Espondilolisis bilateral incompleta
- Espondilolisis unilateral completa
- Desnivelación del talón calcáneo superior en 10º en valgo o mayor de 5º en varo
- Hallus valgus
- Lesiones podológicas que dificulten la marcha o bipedestación
- Alteraciones ortopédicas importantes que, a juicio del Servicio Médico y de Prevención del Excmo. Ayuntamiento de Almería, imposibiliten la función
- Dedos: no padecer limitación de movimientos que dificulten andar, correr o saltar, falta de cualquier falange de cualquier dedo o dedos en garra que impidan llevar las botas de trabajo.
c) Columna vertebral:
No padecer:
- Escoliosis mayor de 20º
- Cifosis importante
- Costilla accesoria que produzca robo subclavicular
- Hernia discal intervenida o no
- Cualquier lesión de columna que, a juicio del Servicio Médico y de Prevención del Ayuntamiento de Almería, pueda dificultar el desarrollo de la función
- Hiperlordosis
- Espina bífida
d) Enfermedades varias
No padecer:
- Fracturas que dejen secuelas y dificulten la función
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- Osteomielitis
- Osteoporosis
- Condromalacia
- Artritis
- Luxación recidivante irreparable que impida las funciones de policía local
- Parálisis muscular
- Miotonía congénita
- Cualquier otra enfermedad osteomuscular que limite la movilidad dificultando las funciones de policía local
5.- Aparato digestivo
No padecer:
- Cirrosis
- Hepatopatías crónicas
- Pancreatitis crónica
- Ulcera sangrante recidivante
- Cualquier patología del aparato digestivo o intervenciones quirúrgicas que presenten secuelas funcionales con repercusiones orgánicas y que incidan negativamente en el desempeño de su trabajo
- Hepatopatías agudas con repercusión enzimática importante
- Hepatopatías crónicas y con marcadores positivos HC y/o HB
6.- Aparato cardiovascular
No padecer:
- Hipertensión arterial mayor de 155/95 mn/Hg
- Insuficiencia cardíaca
- Infarto de miocardio, ni haberlo sufrido anteriormente
- Coronaripatías
- Arritmias importantes
- Taquicardia sinusal permanente de más de 120 latidos por minuto
- Flutter
- Fibrilación
- Síndrome de preexcitación
- Bloqueo aurículo-ventricular de 2º ó 3º
- Bloqueos de rama
- Extrasístoles supraventriculares frecuentes
- Valvulopatías
- No se admitirán prótesis valvulares
- Aneurismas cardíacos o de grandes vasos
- Insuficiencia arterial periférica
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- Varices. Dilataciones venosas de cualquier otra etiología que, a juicio del Servicio Médico y de Prevención Municipal, puedan dificultar el desarrollo de la funciòn. Lesiones cutáneas por trastornos vasculares. Insuficiencia venosa periférica que produzca signos de éxtasis al esfuerzo. Alteraciones tróficas varicosas importantes a juicio del examinador
- Secuelas post-tromboembólicas
- Defectos y deformidades de los dedos y/o manos producidos por problemas de circulación, que sean sintomáticos o dificulten la realización satisfactoria de sus funciones
7.- Aparato respiratorio
No padecer:
- Disminución del VEMS por debajo del 80 por ciento
- EPOC
- Asma bronquial
- Atelectasia
- Enfisema
- Neumotórax recidivante
- Otros procesos respiratorios que incidan negativamente en las prácticas físicas a realizar y en las tareas específicas de policía local
8.- Sistema nervioso central
No padecer:
- Parkinson. Corea o Balismo
- Epilepsia
- Esclerosis múltiple
- Ataxia
- Arterioesclerosis cerebral sintomática
- Vértigo de cualquier etiología
- Alteraciones psiquiátricas de base o neurológicas, que impidan el desempeño de las funciones de policía local
- Cualquier grado de hiposmia
9.- Piel y faneras
No padecer:
- Cicatrices que produzcan limitación funcional importante y aquellos procesos patológicos que, a juicio del Servicio Médico y de Prevención de este Ayuntamiento, limiten o se agraven con el desempeño de la función de policía local
- Procesos infectocontagiosos o parasitarios que impidan el desempeño de las funciones de policía local
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- Dermatopatías alérgicas o de contacto a productos o elementos comunes en el trabajo
10.- Otros procesos patológicos que impidan el normal desempeño de las funciones correspondientes.
No padecer:
- Diabetes tipo I o II
- Diabetes insípida
- Enfermedad de Cushing
- Enfermedad de Addison
- Insuficiencia renal crónica
- Falta de un riñón
- Enfermedades renales evolutivas
- Anomalías renales que causen insuficiencia renal o susceptible de causarla, así como aquéllos que contraindiquen una actividad física moderada o elevada
- Incontinencia
- Vejiga neurógena
- Colpocele y demás alteraciones del sistema genitourinario que signifiquen incapacidad valorable para el normal desarrollo de la actividad
- Hemopatías crónicas graves
- Pruebas analíticas compatibles con patología de base
- Tumores malignos invalidantes
- Tuberculosis activa
- Hernia inguinal
- Análisis de orina: albuminuria y/o cilindruria
- Trastornos de conducta que, a juicio del Servicio Médico y de Prevención de este Ayuntamiento, puedan alterar la capacidad del aspirante para realizar el trabajo o que dificulten la convivencia social que éste exige
11.- Alcoholismo y drogodependencia. No padecer alcoholismo ni otras toxicomanías que puedan interferir en el normal desarrollo de la actividad.
12.- Cualquier proceso patológico o característica somática que, a juicio del Servicio de Prevención de este Ayuntamiento, dificulte o impida el desarrollo de las funciones de policía local.
13.- Parámetros analíticos:
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Las anomalías analíticas que no respondan de patología anteriormente citada se considerarán excluyentes cuando la desviación de los valores medios sea de nivel moderado, intenso o superior.
| Alumnos por clase | 1 |
| + |
Con exámenes de años anteriores Con evaluaciones propias
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| Dónde | Barcelona , 08029, MALLORCA, 93 1º 4ª ver mapa |
| Cuándo | Inicio: consultar al centro de formación |