REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS
- Tener la ciudadanía española de acuerdo con la legislación vigente.
- Estar en posesión del titulo de Graduado Escolar o de Graduado en Educación Secundaria (LOGSE), de Técnico (LOGSE) correspondiente a los ciclos formativos de grado medio, o de Técnico Auxiliar correspondiente a Formación Profesional de primer grado, o cualquier otro equivalente o de nivel superior, o estar en condiciones de obtenerlo.
- Tener cumplidos dieciocho años y no pasar de los cincuenta y cinco. Edades orientativas. El reglamento del cuerpo puede considerar oportunas otras.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o de cualquiera otra institución jurídico-pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Será aplicable el beneficio de la rehabilitación, siempre que el aspirante lo acredite mediante el correspondiente documento oficial.
- No padecer ni estar afectado por enfermedad física o psíquica que impida el desempeño de las funciones correspondientes a la propia categoría.
- Tener una altura mínima de 1,60 metros las mujeres y 1,70 metros los hombres.
- Estar en posesión de los permisos de conducir de la clase A y B, y de la autorización BTP para poder conducir vehículos prioritarios.
- Compromiso de portar armas, mediante declaración jurada.
- Todos estos requisitos se han de cumplir el día de presentación de solicitudes, excepto la autorización para conducir vehículos prioritarios que se ha de presentar antes de la finalización del curso selectivo.
- Catalán hablado y escrito en el grado adecuado al ejercicio de las funciones propias de la categoría. Los aspirantes que acrediten documentalmente al término de presentación de solicitudes, poseer el certificado de nivel intermedio de catalán (B) de la Dirección General de Política Lingüística del Departamento de Cultura quedarán exentos de la prueba de conocimiento de la lengua catalana.
ACTIVIDADES QUE SE DESARROLLANVan desde la vigilancia y regulación del tráfico hasta la seguridad ciudadana, pasando por vigilar el cumplimiento de Bandos y Ordenanzas,
policía administrativa, etc. Concretamente: a) proteger a las autoridades de las Corporaciones Locales, así como vigilar sus edificios e instalaciones; b)ordenar, señalizar y dirigir el tráfico; c) instruir atestados por accidentes de circulación en casco urbano; d) participar en las funciones de policía judicial; e)prestar auxilio en accidentes, catástrofes o calamidades públicas; e) evitar actos delictivos en colaboración con las Juntas de Seguridad; f) vigilar espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad en manifestaciones o grandes concentraciones humanas; g) cooperar en resolver conflictos privados; etc...