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La Responsabilidad significa la sujeción de una persona que vulnera un deber de conducta impuesto en interés de otro sujeto a la obligación de reparar el daño producido. Tal responsabilidad genérica se
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La Responsabilidad significa la sujeción de una persona que vulnera un deber de conducta impuesto en interés de otro sujeto a la obligación de reparar el daño producido. Tal responsabilidad genérica se clasifica tradicionalmente en Contractual y Aquiliana o Extracontractual. La Responsabilidad Contractual supone la transgresión de un deber de conducta impuesto en un contrato.
La separación entre las obligaciones que nacen de la convención y las que tienen su origen en la culpa o negligencia civil no es más que de régimen jurídico, pues el fundamento último es el mismo; una acción y omisión culposa, aunque también dolosa que daña a otro.
Incluso el régimen jurídico de las primeras se aplica, según reiterada doctrina jurisprudencial, a las segundas de manera subsidiaria, pues el capítulo II del Título XVI no las regula en su totalidad.
1.- El Derecho de Daños y su función:
uestro Sistema en materia de Responsabilidad Extracontractual aparece dominado por la idea de"Culpa del agente productor del daño".
Pieza fundamental del mismo es el artículo 1902º que dice: El que por acción u omisión cause daño a otro interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado . La aparición de nuevas técnicas y del transporte automotriz multiplicó la producción o posibilidades de producción de daños, haciendo casi imposible la vigencia del Principio de la Responsabilidad por culpa.
No se podía seguir manteniendo un sistema que exigía de cada una de las víctimas la prueba de la culpa del autor de la acción dañosa...
este curso me parecio exelente. me ayudo muchisimo con una exposición que tenia que presentar. de verdad muy bueno. gracias
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Vilma
agosto, 2009
muy bueno
este curso me parecio exelente. me ayudo muchisimo con una exposición que tenia que presentar. de verdad muy bueno. gracias
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sonia
febrero, 2009
muy practico
yo pude acceder al curso de obligaciones que me parese muy interesante ya que yo estoy estudiando obigaciones y me ayuda a sacarme algunas dudas y completar con lo que ya voy leyendo. esta muy bueno, gracias por su ayuda .
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jorge inca torres
mayo, 2007
Responsabilidad Civil ExtraContractual
muy bueno estoy contento ojala sigan enviando cursos parta ilustrarnos estare en espera de un nuevo curso
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Paúl
mayo, 2007
cumple el objetivo
La responsabilidad civil extracontractual siendo universal, sirve para todas las legislaciones, por lo que el curso resultó interesante