Dado el creciente auge, desde un punto de vista profesional y ocupacional,
del sector de la
Seguridad Privada en todo el ámbito nacional, y en
particular en nuestra Comunidad autónoma, CENPROEX, reuniendo los
requisitos legales necesarios, ha obtenido la acreditación como Centro de
Formación de Seguridad Privada por la Secretaría de Estado de Seguridad
del Ministerio del Interior. Todo ello respaldado por unas instalaciones e
infraestructura altamente cualificadas y un profesorado especializado de
inmejorable experiencia y gran calidad docente.
DESTINATARIOSA
todas aquellas personas que deseen ejercer una profesión de creciente
demanda, con interesantes remuneraciones salariales.
Prueba de ello son
las funciones de los Vigilantes de Seguridad, que en síntesis, enumeramos
a continuación:
-
Vigilancia, controles y protección de inmuebles, establecimientos,
entidades, organismos, polígonos industriales, urbanizaciones, etc.
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Evitar actos delictivos e infracciones en sus áreas de responsabilidad.
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Colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
-
Prestación de servicios con armas en las instalaciones o servicios que
lo requieran.
-
Servicios de respuestas de alarmas.
-
Represión del tráfico de estupefacientes.
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Utilización de uniformes y distintivos.
REQUISITOS GENERALES.
Para ser admitidos a la
realización de las pruebas (exámenes), los solicitantes habrán de reunir
para cada una de las convocatorias, en la fecha de terminación del
respectivo plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
-
Ser mayor de edad y no haber cumplido los cincuenta y cinco años.
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Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión
Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo.
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Estar en posesión del título de Graduado Escolar, de Graduado en
Educación Secundaria, de Formación Profesional de Primer grado, u
otros equivalentes o superiores.
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Poseer la aptitud física y la capacidad psíquica necesarias para el
ejercicio de las funciones de vigilante de seguridad sin padecer
enfermedad que lo impida y reunir los requisitos necesarios para
prestar servicios de seguridad privada.
-
No podrán tener o usar armas, y por lo tanto no podrán acceder a estas
pruebas, las personas cuyas condiciones psicofísicas les impidan su
utilización, y especialmente aquellas para las que la posesión y el
uso de armas representen un riesgo, propio o ajeno.
-
Por ello, las pruebas de aptitud psicofísica tendrán por objeto
comprobar que no existe enfermedad o deficiencia alguna que pueda
suponer incapacidad para tener o usar armas, o para prestar servicios
de seguridad privada, asociada con: Capacidad visual o auditiva,
sistemas locomotor o cardiovascular, enfermedades ginecológicas,
infecciones, transtornos mentales, etc.
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Carecer de antecedentes penales.
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No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de
protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y
a la propia imagen, del secreto a las comunicaciones o de otros
derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
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No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores,
respectivamente, por infracción grave o muy grave en materia de
seguridad.
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No haber sido separado del servicio en Fuerzas Armadas o en Fuerzas o
Cuerpos de Seguridad.
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No haber ejercido funciones de control de las entidades, servicios o
actuaciones de seguridad, vigilancia o investigación privadas, ni de
su personal o medios, como miembro de Fuerzas o Cuerpos de Seguridad
en los dos años anteriores a la solicitud.
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Poseer diploma o certificación acreditativos de haber superado el
curso o cursos correspondientes en un centro de formación de seguridad
privada autorizado por la Secretaría de Estado de Seguridad