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El Gobierno aprueba el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil

El Consejo de Ministros aprobó el 23 de diciembre, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, un Real Decreto-Ley de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

En febrero de 2013, el Consejo Europeo decidió poner en marcha la Iniciativa de Empleo Juvenil. España fue de los primeros Estados miembros en acogerse a esta iniciativa.

Desde su puesta en marcha, las diferentes administraciones públicas involucradas han llevado a cabo actuaciones dirigidas a favorecer la intermediación laboral, mejorar la empleabilidad, apoyar la contratación y fomentar el emprendimiento.

En este sentido, se ha reducido en 15 puntos la tasa de paro juvenil en los últimos 3 años, 1 de cada 3 jóvenes que abandona el desempleo en la zona euro lo hace en España, y la contratación indefinida de jóvenes se incrementa un 30% con respecto a 2011.

No obstante, el desempleo juvenil español continúa siendo de los más altos de Europa, el 46,5 por ciento de jóvenes entre 16 y 24 años, y su descenso se mantiene como uno de los principales retos a afrontar. En la actualidad hay algo más de 400.000 jóvenes inscritos en el sistema nacional de garantía juvenil frente el más de 1 millón de potenciales beneficiarios.

Novedades de la norma
Es por ello que la norma introduce modificaciones significativas a la Ley 18/2014, de 15 de octubre, que favorecerán el acceso y la inscripción de jóvenes al Sistema Nacional de Garantía Juvenil, respetando en todo caso los requerimientos derivados de la normativa comunitaria:

– Así, bastará con no haber recibido formación ni haber estado trabajando el día anterior a la solicitud de inscripción para cumplir los requisitos en lugar de los 3 meses sin haber recibido formación o los 30 días sin empleo que se exigen con la regulación actual.

– Se permite que todas las entidades participantes en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil puedan establecer procedimientos específicos, de conformidad con el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, para la inscripción de los jóvenes en el fichero único del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.logoCentro

– Se posibilita que todos los jóvenes inscritos como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo (tanto el estatal como, principalmente, los autonómicos, ya que las comunidades tienen transferidas con la competencia en políticas activas de empleo), que cumplan con los requisitos de la Garantía Juvenil sean inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, incluso con efectos retroactivos, en el caso de que hubieran participado o estén participando en alguna de las actuaciones previstas por el Sistema.

– Se prevé la participación de interlocutores sociales en el procedimiento de inscripción de los jóvenes y en la Comisión Delegada de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Por otro lado, se establece la conversión de reducciones a la cotización a la Seguridad Social en bonificaciones, con cargo al presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal, para los incentivos a la cotización a la Seguridad Social a través de la tarifa plana de trabajadores autónomos o la contratación para la formación y el aprendizaje que beneficien a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Fuente: Noticias Adams Formación

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