Doctorado en Energía y propulsión marina

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Descripción

  • Tipología

    Doctorado

  • Lugar

    Salamanca

  • Inicio

    Septiembre

Puede obtener más información en el directorio de la Universidad   Programa coordinado por la Universidad de La Coruña. Los objetivos generales de este Programa de Doctorado son, fundamental y específicamente, la formación orientada a alcanzar la excelencia académico-profesional para desenvolver tareas de análisis y síntesis de problemas teórico-prácticos de la ingeniería de cara a la adquisición de la capacidad de innovar e implementar métodos, técnicas y tecnologías emergentes más eficientes relacionadas con la energética. Por lo tanto, el objetivo general del programa es, en primer lugar, el fomento de la creatividad y la investigación en temas de interés científico y tecnológico del ámbito de la Ingeniería y, en segundo lugar, proporcionar la capacidad para detectar necesidades de mejora, para proponer y resolver los procesos de mejora y fomentando el uso de las tecnologías emergentes.

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Materias

  • Ingeniería energética
  • Gobierno
  • Presentación

Temario

El régimen de dedicación de los estudiantes al Programa de Doctorado será a tiempo completo, y desde su admisión al programa hasta la presentación de la solicitud de depósito de la tesis doctoral trascurrirá un máximo de tres años. Trascurrido este plazo, la Comisión Académica del Programa podrá autorizar, a solicitud del doctorando informada por su Director de tesis, la prórroga de este plazo por un año más, ampliable en todo caso, y excepcionalmente, a otro año adicional.

Según el artículo 5 del Reglamento de Doctorado de la Universidad de Salamanca, la dedicación podrá ser a tiempo parcial previa solicitud del doctorado y autorización expresa de la Comisión Académica del programa de doctorado. En este caso, el plazo para la presentación de la solicitud de depósito de la tesis doctoral será de un máximo de cinco años, prorrogable por dos años más previa autorización de la Comisión Académica a solicitud del doctorando informada por su Director de tesis. Esta prórroga será ampliable en todo caso, y excepcionalmente, a otro año adicional. 

Los estudiantes que deseen realizar los estudios de un Programa de Doctorado en régimen de dedicación a tiempo parcial deberán solicitarlo a la Comisión Académica del Programa cuando presenten la solicitud de admisión al mismo o, una vez admitidos, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias que se recogen a continuación y posibiliten el reconocimiento como estudiantes a tiempo parcial. 

CRITERIOS PARA LA ADMISIÓN DE ESTUDIANTES A TIEMPO PARCIAL:

Los criterios y procedimientos de admisión de estudiantes a tiempo parcial en un Programa de Doctorado se ajustarán a lo establecido en el Artículo 3 de las Normas de Permanencia de la USAL y en el Artículo 5 del Reglamento de Doctorado de la USAL Universidad de Salamanca, aprobado por el Consejo de Gobierno de 25 de octubre de 2011.
Entre otros, serán criterios para la admisión de estudiantes a tiempo parcial en un Programa de Doctorado  los siguientes:

  1. Estar trabajando y acreditar documentalmente la relación laboral.
  2. Estar afectado por un grado de discapacidad física, sensorial o psíquica determinante de la necesidad de cursar los estudios de doctorado a tiempo parcial. En este caso el estudiante deberá acreditar documentalmente el grado de discapacitación reconocido.
  3. Estar realizando otra formación de carácter especializado, en la misma o en otra Universidad, con dedicación a tiempo parcial y acreditar la condición de estar admitido o matriculado en dichos estudios como estudiante a tiempo parcial.
  4. Tener la consideración de cuidador principal de personas dependientes y acreditarlo mediante la presentación de documentación justificativa y certificación expedida por el organismo competente para el reconocimiento de la situación de dependencia.
  5. Tener hijos menores de 3 años a su cargo.
  6. Ser deportista de alto nivel de competición.
  7. Ejercer tareas de representación estudiantil.
  8. Otras debidamente justificadas (por ejemplo, ser víctima de violencia de género, de terrorismo, etc).

El reconocimiento de esta condición deberá ser ratificada anualmente y tendrá efectos hasta la conclusión de los estudios de doctorado con la presentación y defensa de la tesis doctoral.
No obstante lo anterior, durante el desarrollo del Programa de Doctorado, se podrá solicitar cambios en la modalidad de la dedicación a estos estudios siempre que concurran las siguientes circunstancias:

  • Los doctorandos con dedicación a tiempo parcial que a lo largo del Programa de Doctorado pierdan la circunstancia por la cual fueron admitidos y reconocidos como tal, pasarán automáticamente a ser estudiantes del Programa de Doctorado con dedicación a tiempo completo. A partir de ese momento, dispondrán de tres años hasta la presentación de la solicitud de depósito de la tesis doctoral, siempre que no hayan transcurridos más de dos años bajo la condición de estudiante a tiempo parcial.
  • Los doctorandos que habiendo iniciado los estudios de doctorado en régimen de dedicación a tiempo completo se vean en la necesidad de solicitar la condición de estudiante a tiempo parcial y cumplan alguno de los requisitos expresados anteriormente, dispondrán desde la concesión de dicha condición hasta la presentación de la solicitud de depósito de la Tesis doctoral de un máximo de tiempo que en su conjunto, con el ya transcurrido, no supere los 5 años.

 

Procedimiento utilizado por la Comisión Académica para la asignación del tutor y del director de tesis del doctorando.

Los tutores y directores de tesis serán asignados teniendo en cuenta al menos los siguientes criterios:
(1) A cada doctorando se le intentará asignar el tutor que el propio doctorando proponga siempre que la propuesta venga con el visto bueno del investigador.
(2) A cada investigador se le asignará un máximo de dos doctorandos por año.
(3) En la medida de lo posible, el tutor y director coincidirán, siendo diferentes cuando el director de la tesis sea un investigador no perteneciente a la USAL, puesto que el tutor siempre debe pertenecer a la USAL.
(4) En el caso de tutor y director diferentes, el tutor, previo consentimiento del director, podrá actuar como codirector.

Procedimiento para el control del Documento de Actividades de cada Doctorando y certificación de sus datos

De acuerdo al Artículo 10 del Reglamento de Doctorado de la USAL (Consejo de Gobierno 25/10/2011), la Comisión Académica, con el Compromiso de Supervisión firmado entre el doctorando y la Universidad (firmas del tutor, Coordinador del PD, responsable de la universidad y posteriormente del director de la tesis), abrirá el Documento de Actividades del Doctorando (DAD), cuyo formato se ajustará al modelo establecido en la
Guía de Buenas Prácticas
, teniendo en cuenta las especificaciones de este PD, y cuyo soporte será electrónico a través de página web.
Todas las actividades realizadas por el doctorando dentro del PD quedarán registradas en el DAD.
Al mismo tendrán acceso, (a través de una clave y contraseña con diferentes niveles de acceso), para consulta e incorporación de registros, el doctorando, su tutor, su Director de tesis, la CA, el órgano académico responsable del PD y la Comisión de Doctorado.
En el DAD, aparte de los datos de identificación, habrá un primer un apartado en el que el tutor/Director indiquen el mínimo de actividades, entre las propuestas por el PD, que el doctorando debe realizar.
A continuación, en el segundo apartado figurarán las actividades que va realizando el doctorando.
Para cada una de las actividades:
a) el doctorando describirá la finalidad de la actividad, su relación con el Plan de Investigación (PI) y los datos de identificación de la misma (tipo, título, institución organizadora, ponentes o responsables, lugar y fecha de realización, su duración en horas).
b) El tutor/Director autorizará la realización de la actividad y para ello incorporará su firma de autorización.
c) Y una vez, que el doctorando la haya realizado y entregado el correspondiente justificante de la misma al tutor y/o Director, éste incorporará su firma de verificación / certificación.
A este Documento de Actividades del Doctorando el tutor y/o Director de tesis incorporarán los informes anuales que realicen y la Comisión Académica incorporará las evaluaciones anuales.

Procedimiento para la valoración anual del Plan de Investigación y del Documento de Actividades del doctorando

Antes de la finalización de su primer año en el Programa de Doctorado (dos meses anterior a la fecha oficial de finalización del curso académico), el doctorando elaborará un Plan de Investigación (PI), su proyecto de tesis doctoral, que incluirá la siguiente información: introducción y justificación del tema objeto de estudio; hipótesis de trabajo y principales objetivos a alcanzar; metodología a utiliza; medios y recursos materiales disponibles; planificación temporal ajustada a tres años, y principales referencias bibliográficas.
Este PI, avalado por el Director de tesis y, si fuera diferente del mismo, por el tutor del doctorando, será aprobado por la Comisión Académica del Programa de Doctorado (a través de las agregaciones de sus firmas en dicho documento, en el caso de la CA la firma la realizará el Coordinador) y se incorporará al Documento de Actividades del Doctorando. Esta incorporación se realizará en el plazo máximo de 10 días hábiles tras su presentación por el doctorando.
En la segunda y tercera anualidad el contenido del Plan de Investigación del doctorando variará, ya que en el mismo reflejará los siguientes aspectos:
- Revisión de objetivos cubiertos y competencias adquiridas sobre la planificación presentada inicialmente (en la 1ª anualidad) para el periodo de investigación correspondiente al año vencido de investigación. Se analizarán los objetivos y tareas planteados para el año de investigación de
acuerdo con el Proyecto de Tesis. Entre las tareas programadas para esta fase de la investigación se contemplan la formación transversal y específica, es decir, las actividades realizadas y reflejadas en el Documento de Actividades.
- Resumen de los resultados más relevantes y cumplimiento de los objetivos planteados y, en su caso, dificultades encontradas que han impedido su ejecución
- Reajustes o cambios en los objetivos y tareas planteados para los años sucesivos de investigación.
- Satisfacción con la labor de tutela del director de tesis. Frecuencia de reuniones con él para revisar su progreso. En caso negativo, explicar las razones.
- Previsión motivada de la necesidad de pedir una prórroga al término del tercer año de investigación.
La Comisión Académica del PD será la encargada de evaluar anualmente (quince días siguientes a la finalización del curso) el Documento de Actividades del Doctorando (DAD), el Plan de Investigación (PI) y el estado de desarrollo de su tesis doctoral. Esta función de evaluación se verá
facilitada por los informes anuales de valoración/seguimiento que realizarán el tutor y el Director de Tesis (informes que se unificarán en uno solo, en caso de coincidir tutor y Director) ya que en los mismos se tratarán aspectos relativos a la calidad de la formación del doctorando, la adecuación
de las actividades realizadas a su trabajo de investigación y los progresos en la realización de la Tesis

Normativa para la presentación y lectura de la tesis doctoral

La normativa sobre la elaboración, presentación y lectura de la tesis doctoral está contenida en el capítulo II del Reglamento de Doctorado
de la USAL, aprobado en Consejo de Gobierno del 25 de octubre de 2011.

Información adicional

 La admisión al programa de doctorado está siempre condicionada al cumplimiento en el momento de la formalización de la matrícula, de los requisitos de acceso establecidos en el artículo 6 del R.D. 99/2011, de 28 de enero por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado El listado de admitidos se publicará una vez aprobado por la Comisión Académica del Programa

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