El Defensor del Pueblo y la Protección de los Derechos de las Personas en Situación de Exclusión Social
Curso
En Madrid
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Descripción
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Tipología
Curso
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Lugar
Madrid
Objetivo del curso: El curso pretende abordar, desde la óptica de protección de los derechos sociales que nuestra Constitución reconoce y ampara
Instalaciones y fechas
Ubicación
Inicio
Inicio
Opiniones
Materias
- Derecho de familia
Temario
Director: ENRIQUE MúGICA HERZOG, Defensor del Pueblo
Secretario: FRANCISCO VIRSEDA BARCA, Asesor Responsable del área de Estudios y Modernización del Defensor del Pueblo
Coordinador: Tomás Fernández
área: Instituciones
Patrocinador: Defensor del Pueblo
Descripción: El curso pretende abordar, desde la óptica de protección de los derechos sociales que nuestra Constitución reconoce y ampara, la nueva política en materia de dependencia.
Dentro del capítulo de obligaciones de carácter social, constitucionalmente requeridas a los poderes públicos, se encuentra la protección a la familia establecida en el artículo 39. De igual forma el artículo 41 determina que los poderes públicos mantendrán un régimen público de seguridad social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad.
Unido a lo anterior el artículo 49 encomienda a los poderes públicos la realización de una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos.
Por último y en conexión con los preceptos antes citados, el artículo 50 obliga a los poderes públicos a garantizar, además de pensiones adecuadas que permitan una suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad, la promoción de su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atiendan sus problemas específicos.
Este conjunto de obligaciones tiene su desarrollo en una serie de normas en vigor a las que en breve se unirá un nuevo texto legislativo que pretende dar respuesta a una realidad social generada por varios
factores. Entre los que debe citarse, por su especial relevancia, el incremento notable de las expectativas de vida de los ciudadanos españoles y en consecuencia un importante crecimiento de la población mayor de 65 años que plantea una problemática asistencial
específica. Por otro lado, no puede olvidarse la significativa accidentalidad de carácter viario, con los problemas de atención que de ello se derivan.
Estas circunstancias demandan la necesidad de establecer una política destinada a la atención de personas en situación de dependencia, a la que una sociedad avanzada como la nuestra, necesariamente debe dar respuesta.
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El Defensor del Pueblo y la Protección de los Derechos de las Personas en Situación de Exclusión Social