El secreto bancario es el deber de no facilitar noticia alguna sobre los fondos o valores que tengan en una cuenta corriente, depósito o cualquier otro concepto, ni de dar a conocer informaciónes confidenciales que reciban de sus clientes o sobre sus clientes. Desde el punto de vista del cliente implica la tutela legal del derecho a la reserva sobre las informaciones que estan en poder de lasd entidades de intermediacion financiera, en virtud de relaciones juridicas de caracter privado entre ambos sujetosy de la actividad profecional de estas ultimas.O sea que cualquier dinerillo quesea depoditado en tu cuenta o deposites tu,no tenes necesidad de declarar su origen ...
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