1. Nacionalidad. Los contratos de profesorado en régimen de Derecho laboral no estarán sujetos a condiciones o requisitos basados en la nacionalidad. Esta posibilidad se entenderá siempre condicionada a que los aspirantes de nacionalidad extranjera se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. Los extranjeros no comunitarios deberán disponer del Permiso de Trabajo que permita la contratación por parte de la Universidad.
2. Tener cumplidos los 18 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.
3. Estar en posesión del título académico exigido para cada categoría. En el caso de haber realizado sus estudios fuera del Estado español, la titulación académica deberá estar homologada por el Ministerio de Educación y Ciencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, se presentará bien la homologación, bien la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.
4. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. En el caso de los aspirantes que no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no hallarse sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
5. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que impida el desempeño de las funciones correspondientes a las plazas convocadas.