2.2. Requisitos de carácter general:
a) Tener cumplidos los 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
b) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título académico exigido para cada figura. Caso de haber realizado sus estudios fuera del Estado español la titulación académica deberá estar homologada por el Ministerio de Educación y Ciencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea habrán de presentar bien la homologación o bien la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de profesor de universidad.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas o ejercer cargos o funciones declarados incompatibles con la docencia. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y a las normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la función pública.
e) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.
f) Los aspirantes que soliciten plaza en la que se establezca la enseñanza en lengua valenciana, será necesario el conocimiento de la misma al nivel medio.
2.3. Requisitos de carácter específico de cada figura:
a) Para plazas de ayudante:
a.1) Haber sido admitido o estar en condiciones de ser admitido en los estudios de doctorado.