a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c) No padecer enfermedad o estar afectado por limitación física o psíquica que impida ejercer las funciones de las plazas a cubrir.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las AdministracionesPúblicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
e) Estar en posesión del título de Ingeniero Agrónomo o equivalente, expedido por el Estado Español o debidamente homologado. Las equivalencias de los títulos alegados que no tengan el carácter general, deberán justificarse por el interesado. Igualmente, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
Los aspirantes que concurran a esta convocatoria por el turno de promoción interna deberán cumplir, además:
f) Estar incluido en el ámbito de aplicación del artículo 67.1 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública.
g) Pertenecer como funcionario de carrera a algún Cuerpo del subgrupo A2 (antiguo grupo “B”), incluidos dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública.
h) Tener una antigüedad de, al menos, dos años de servicios efectivos en el Cuerpo o Escala de pertenencia el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación (artículo 76 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y 67 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo).