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Home Educación y cultura Profesor de artes plásticas y diseño Profesor de conservación
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Concurso-oposición a Profesor de artes plásticas y diseño - conservación y restauración del documento gráfico

convocatoria cerrada

en Principado de Asturias

Descripción de la oposición Se convoca concurso-oposición para cubrir, por el sistema general de ingreso y accesos, las plazas vacantes, de las especialidades siguientes, de los Cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

BOPA nº 82
9 de abril de 2008
Historial
de convocatorias
Entidad Principado de Asturias - Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz de Gobierno UbicaciónConsultar
Plazo de presentación29 de abril de 2008 Grupo A1 (Título universitario de Grado)
Plazas Número de plazas total: 2  
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Requisitos
Requisitos generales.

1. Tener la nacionalidad española, o de un país miembro de la Unión Europea o la de cualquiera de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos del apartado 1 del artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril.

(...)

2. Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa legalmente establecida.

3. Tener el nivel de titulación que, para cada Cuerpo se establece a continuación:

3.1. Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria; Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas; Cuerpo de Profesores de Música y de Artes Escénicas y Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño: Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

De conformidad con la disposición adicional única Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, son equivalentes a estos efectos las titulaciones que se detallan para cada cuerpo y especialidad en los anexos V, VII y VIII del citado Real Decreto.

3.2. Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional: Estar en posesión de la titulación de Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

(...)

3.3. En el caso de que la titulación se haya obtenido en el extranjero deberá haberse concedido la correspondiente homologación según el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior, o al amparo de lo establecido por la Directiva 89/48/CEE y el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, en cuanto sean de aplicación.

4. Con la excepción de quienes ingresen en el cuerpo en especialidades propias de Arte Dramático, estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Están dispensados de la posesión de este requisito los que estén en posesión del título de Maestro y los Licenciados en Pedagogía y Psicopedagogía

(...)

5. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

6. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
Temario
Los temarios, a los que se refiere el artículo 19 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley (BOE de 2/3/2007), sobre los que versarán las pruebas de la fase de oposición para las respectivas especialidades son los siguientes:

—Orden de 9 de septiembre de 1993 por la que se aprueban los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad para determinadas especialidades de los Cuerpos Profesores de Enseñanza Secundara y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (BOE del 21).

—Orden de 1 de febrero de 1996 por la que se aprueban los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad para determinadas especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional (Profesores de Enseñanza Secundaria de las especialidades propias de la Formación Profesional Específica) (BOE del 13).

—Orden ECD/310/2002, de 15 de febrero, por la que se aprueban los temarios que han de regir en los procedimientos selectivos para ingreso y acceso al Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas y para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado Cuerpo.

—Orden ECD/826/2004, de 22 de marzo, por la que se aprueban los temarios que han de regir en los procedimientos selectivos para el ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los Cuerpos de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño (BOE 31 de marzo de 2004).

Hasta tanto se aprueben los temarios correspondientes de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, serán de aplicación los temarios a que se refieren las Ordenes publicadas en los Boletines Oficiales del Estado reseñados en los párrafos anteriores, en lo que se refiere exclusivamente a la parte A.
Observaciones
Modificación de las bases y apertura de nuevo plazo de presentación de instancias en el Boletín del Principado de Asturias nº 82 del 9 de abril de 2008

Bases publicadas en el BOPA nº 69 del 25 de marzo de 2008.
Proceso selectivo
4.1.1.1. Parte A: Tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia, y consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante; de entre cuatro en las especialidades que tengan un número de temas superior a 25 e inferior a 51, o de entre cinco en las especialidades que tengan un número de temas superior a 50; extraídos al azar por el Tribunal. Para ello, los aspirantes dispondrán de dos horas.

Finalizada esta parte A, los tribunales procederán al llamamiento de los aspirantes para que éstos efectúen la lectura del ejercicio realizado.

4.1.1.2. Parte B: Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Consistirá en la presentación de una programación didáctica; en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica; y, de un ejercicio práctico en los cuerpos y las especialidades que se señalan a continuación.

B.1 Presentación y defensa de una programación didáctica. La programación didáctica hará referencia al currículo vigente para el curso 2007/2008 (en el caso de la Enseñanza Secundaria Obligatoria Decreto 74/2007, de 14 de junio), de un curso escolar de una de las etapas o niveles educativos en la que el Cuerpo al que opte el aspirante tenga atribuida competencia docente. Dicha programación deberá estar relacionada con una materia o módulo de la especialidad por la que participa el aspirante, y en ella deberán especificarse, como mínimo, los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como a la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. La programación, que tendrá carácter personal, deberá ser elaborada de forma individual por el aspirante e incluir una portada señalando los datos personales, así como el cuerpo y especialidad a la que opta. Deberá presentarse en la fecha lugar y hora que establezca el Tribunal. Esta programación didáctica se ajustará a lo previsto en el apartado 1.2.2 de la Resolución de 6 de agosto de 2001 (BOPA del 13), con una extensión no superior a 60 hojas, excluidas portada y contraportada, DIN-A4 (escritas a una sola cara y con letra tipo Arial 12 sin comprimir o equivalente), incluidos los materiales de apoyo y deberá contar con un índice numerado y organizarse en un mínimo de 15 unidades didácticas numeradas de tal manera que cada una de ellas pueda ser desarrollada completamente en el tiempo asignado para su exposición.

(...)
Puedes ver más información sobre el proceso selectivo en el boletín oficial
boletín oficial (Apartado II, punto 4.1)
Puedes ver más información sobre el proceso selectivo en el boletín oficial

boletín oficial (Apartado II, punto 4.1)
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bases
convocatoria
lista de admisión
exámenes
 
Contienen la descripción, los requisitos y proceso selectivo entre otros.
Se ha publicado en el BOPA nº 82.

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Anuncia el plazo de presentación de solicitudes (generalmente unos 20 días).

Se cerró el plazo a fecha de 29 de abril de 2008

¿Te avisamos de la siguiente?
Provisional: se publican en un plazo de 1 mes tras el cierre del plazo de presentaciones de solicitudes.

Definitiva: 10 días después sale la definitiva.
La fecha y el lugar del primer examen se publica con la lista de admitidos.

¡Mucha suerte!


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