De carácter general
1. Tener cumplidos los 16 años.
2. No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desarrollo de las funciones correspondientes a las plazas convocadas.
3. No haber estado separado mediante expediente disciplinario del servicio de la administración del estado o de la administración autonómica o local, ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
4. Estar en posesión de una titulación superior, o la titulación específica que, en su caso, se indique en los requisitos de las plazas. En caso de haber hecho los estudios fuera del Estado español, la titulación académica tendrá que estar homologada por el Ministerio de Educación i Ciencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, tendrán que presentar bien la homologación o bien la credencial de reconocimiento dirigida al ejercicio de la profesión de profesor de Universidad.
De carácter específico
Para acceder a plazas de profesorado asociado:
De acuerdo con el artículo 10 del Decreto 174/2002 y la LOMLOU, tendrán que ser especialistas de reconocida competencia relacionado con el perfil de la plaza que acrediten estar ejerciendo, fuera del ámbito académico universitario, una actividad remunerada laboral, profesional o en la administración pública, para las que capacite el título académico que el interesado posea, durante un período mínimo de tres años dentro de los cinco anteriores a su contratación.
No se podrá contratar como profesorado asociado a personal docente e investigador funcionario en activo cualquiera que sea la universidad en la que presten sus servicios.