8.- Desarrollo y valoración del proceso de selección. 8.1. La selección se llevará a cabo mediante la realización de las siguientes pruebas:
a) Prueba de interpretación, que podrá constar de una o más obras, o movimientos de las mismas, con una duración aproximada de 10 minutos. Dicha prueba se calificará con un máximo de 20 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, 10 puntos. Se valorarán aspectos tales como:, precisión del texto, sentimiento rítmico, agógicas, planos sonoros, calidad del sonido, equilibrio sonoro adecuado a cada pasaje y textura, colores, dinámicas fraseo, comunicación, expresividad, sensibilidad, imaginación sonora, audición interna, sensibilidad auditiva, escucha activa, control del instrumento, control psicológico, conciencia musical de la estructura, interpretación estilística, memoria, sincronización, compenetración artística, etc,
b) Prueba práctica, que constará de una sesión a impartir a un alumno, de cualquier curso matriculado en la Escuela de Música, con una duración de 15 minutos. Dicha prueba se calificará con un máximo de 30 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, 15 puntos. Se valorarán aspectos como la comunicación, la relación con el alumno, el aprendizaje por descubrimiento, la utilización de ejemplos musicales, el uso de diferentes recursos y estrategias para conseguir un objetivo siempre musical, así como otros aspectos que el Tribunal considere oportunos.
8.2. La convocatoria para la prueba se realizará mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán comparecer provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran quedarán eliminados.
8.3. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, de acuerdo con lo manifestado en su instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.