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Convocatoria de 50 plazas de Policía Local en el Ayuntamiento de Sevilla 2017

En enero se aprobaron las bases para la convocatoria de 50 plazas de Policía Local en el Ayuntamiento de Sevilla. Puedes ver las bases completas en el Boletín Oficial de la  provincia de Sevilla (pág. 11).

Una vez que el Boletín Oficial de Estado (BOE) publique esta convocatoria, se abrirá el plazo de presentación de las solicitudes durante los siguientes 20 días desde su publicación. Debes estar atento al BOE para presentarte a las pruebas selectivas de estas plazas en tiempo y forma.

Este año, para ser admitido en la realización de las pruebas, entre otras, los aspirantes deben tener la nacionalidad española, poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y tener cumplidos los 16 años de edad.

Nota: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído y editado del Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, habiéndose suprimido tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición, puedes descargarte el fichero PDF.

Detallamos los requisitos para presentarte a la convocatoria de Policía Local en Sevilla:

  • Tener nacionalidad española.
  • Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
  • Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • No padecer enfermedad o discapacidad que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
  • No haber sido separado o despedido, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
  • No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad establecidos en la legislación vigente.
  • Poseer la titulación exigida para el ingreso en los subgrupos que se especifican en los anexos de esta convocatoria En el caso de los títulos obtenidos en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite la homologación. Asimismo, la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la administración competente en cada caso.
  • Aquéllos que, independientemente de los anteriores, se establecieren en los anexos correspondientes. Puedes ver los anexos aquí.

Los requisitos establecidos en la base anterior, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los anexos respectivos, deberán cumplirse como máximo en el último día del plazo de presentación de solicitudes, y deberán mantenerse hasta el nombramiento como funcionario de carrera.

TASAS DE DERECHOS DE EXAMEN

Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen (ver C1):

  • Las personas con discapacidad igual o superior al 33%.
  • Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria de pruebas selectivas de acceso a los Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por esta Administración en las que soliciten su participación. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. Para hacer efectiva dicha exención, deberán los aspirantes, dentro del plazo de presentación de solicitudes, justificar que reúnen cualquiera de los requisitos contemplados.

BAREMO DE MÉRITOS PARA LA FASE DE CONCURSO

En esta fase de concurso se valorarán los méritos de los aspirantes entre los que figuran la formación académica y la experiencia previa.

1 —Titulación

Por poseer titulación académica relacionada con la plaza a que se opta, aparte de la exigida para acceder a la misma, hasta un máximo de 1 punto, en la forma siguiente:

— Doctorado Universitario: 1,00 puntos.

— Máster Universitario: 0,95 puntos.

— Licenciatura o Grado y Máster Universitario: 0,90 puntos.

— Grado Universitario: 0,85 puntos.

— Diplomatura Universitaria: 0,80 puntos.

— Ciclo Formativo de Grado Superior: 0,75 puntos.

— Bachillerato: 0,70 puntos.

— Ciclo Formativo de Grado Medio: 0,65 puntos.

—Graduado Escolar, Educación Secundaria Obligatoria o equivalente: 0,60 puntos.

2 —Experiencia

La experiencia se valorará por cada día de servicios prestados y hasta un máximo de 9 puntos, siempre que exista o haya existido relación laboral de carácter funcionarial o contractual, en la forma siguiente:

  • En plazas o puestos de igual categoría y cualificación a la que se aspira en cualquier

Administración Pública: 0,002083 puntos.

  • En plazas o puestos de igual categoría y cualificación a la que se aspira en la Empresa Privada: 0,001040 puntos.

REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES DEL TURNO LIBRE PARA SER POLICÍA LOCAL EN SEVILLA

  • Nacionalidad española.
  • Tener cumplidos dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • Estatura mínima de 1,65 metros los varones y de 1,60 metros las mujeres. Los aspirantes que ya sean funcionarios de carrera de un Cuerpo de la Policía Local de Andalucía, estarán exentos de cumplir este requisito.
  • Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.
  • No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. No obstante, será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.
  • Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2 y B.
  • Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado anterior. Estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y acreditarse documentalmente antes de realizar el curso de ingreso o de la toma de posesión según proceda, salvo el de estatura que lo será en la prueba de examen médico.

REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES DEL TURNO DE MOVILIDAD

  • Hallarse en la situación administrativa de servicio activo en la categoría de Policía y tener una antigüedad de cinco años como funcionario o funcionaria de carrera en la misma.
  • Faltar más de diez años para el cumplimiento de la edad que determinaría el pase a la situación de segunda actividad.
  • No hallarse en la situación administrativa de segunda actividad por disminución de aptitudes psicofísicas.

Estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y acreditarse documentalmente en el momento de presentación de las mismas.campus

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Fuente: Noticias Campus Training

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