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¿En qué consiste el principio de la confidencialidad?

La confidencialidad entre cliente y profesional es uno de los aforismos básicos en todo tipo de relación de prestación de servicios. Eso sí, es bueno hacer memoria y rememorar que este principio está regido por un código deontológico limitado.

A continuación te explicamos cuáles son los elementos básicos de este concepto en el sector jurídico y las diferencias con los demás.

Todo lo que hay que saber sobre la confidencialidad

Cuando un abogado labora con sus clientes, se toma como punto de partida el secreto profesional. La mayoría de los clientes entienden que esta situación es natural, pero desconocen sus límites. Este desconocimiento puede originar desconfianza en el cliente cuando consulta a su jurista.

Las relaciones confidenciales son el precepto en las empresas, pero en el derecho hay una serie de regulaciones. Entender cómo funciona esta normativa es imprescindible para saber a qué exponerse. Eso armoniza el sigilo profesional con el cumplimiento de obligaciones sociales.

Qué es

La confidencialidad es la tutela de secreto que están obligados a mantener los abogados con sus clientes. Un abogado no puede, en ningún caso, descubrir datos personales que le de su cliente porque tiene el deber de velar por sus intereses. Esto se refiere a aquella información privada imprescindible para establecer una relación profesional.

La información que se desvela es capital sea cual sea el soporte. Esto alude a las conversaciones privadas, cartas y comunicaciones telemáticas. Como norma general, la información sensible es impenetrable y hay que tenerlo en cuenta.

Principios

La relación confidencial entre abogado y cliente está basada por un código deontológico. Estas normas se han ido actualizando frecuentemente y, sin ser ningún secreto, ha habido integraciones del derecho anglosajón. Los siguientes preceptos están incluidos y asumidos por el Consejo General de la Abogacía de España.

El primer fundamento del secreto profesional es que existe para proponer un mejor servicio al cliente. Lo imprescindible es que la información se integre de manera que se defiendan los intereses del cliente. Este precepto permite crear una relación de confianza, básica para triunfar.

Otro elemento importante es que se precisa el permiso del cliente para cualquier diligencia de gestión de documentos, revelación o comunicación con la otra parte. El uso de estos datos sin autorización supone la transgresión del secreto profesional. Es lógico que, como en cualquier relación profesional-cliente, sea este último el que marque los pasos a seguir.

El secreto profesional no está marcado en el tiempo. Es importante saber que el abogado tiene la obligación de conservar la privacidad, incluso después del suministro de servicios. Esto da un margen de tranquilidad al cliente y ayuda a que pueda facilitar la información indispensable.

Límites de confidencialidad entre abogado y cliente

La relación confidencial entre el abogado y el cliente tiene unos parámetros. No es un derecho absoluto, de manera que hay ocasiones en los que se podría romper. Eso sí, hay que saber que estas situaciones son anormales y que no acostumbran a suceder.

La primera conjetura es la de daños y perjuicios irreparables. Si un abogado sabe que su cliente va a cometer una infracción que dañe a un tercero, puede romper el secreto profesional. Este punto es muy relevante e importante en casos de homicidio, violencia de género o abusos contra menores.

La segunda opción es que haya un riesgo de que se cometa una injusticia totalmente expuesta. Este punto tiene como hándicap el hecho de ser un factor de análisis subjetivo. El abogado que vea claramente que se va a producir una injusticia, tiene que romper el secreto y darlo a conocer a su colegio profesional.

Otro elemento está vinculado con los abogados de empresas. Esto se acostumbra a dar en casos penales contra compañías o fiscales. Cuando pasa esto, es imprescindible señalar que estos no tienen por qué mantener el secretismo siempre, si un juzgado los llama a declarar y no son gestores.

Finalmente, hay que subrayar que un abogado podría declarar como testigo en un juicio. Eso sí, el letrado solo podría hacer referencia a la denominada información inferior del cliente. El objetivo es que este testimonio sirva para marcar un perfil psicológico.

Diferencia entre confidencialidad y privilegios entre abogado-cliente

Los conceptos de confidencialidad y relación de privilegio entre abogado y cliente se han usado como sinónimos cuando, realmente, no lo son. Aunque la diferencia no es grande, existen unas distinciones que se deben conocer. Son las siguientes:

  1. La relación confidencial obliga a que no se descubra ninguna información referente al caso que se está acordando. Si un abogado transgrede este principio, se arriesga a sanciones disciplinarias que lo podrían llegar a incapacitar.

Es obvio que el profesional tenga que mantenerse en secreto para que funcione mejor la comunicación; si esta cuestión resultase fallida, sería más complejo el trabajo diario. Esto pasa con los doctores o con los asesores fiscales, por citar dos ejemplos. Este es el fundamento básico que reglamenta las relaciones profesionales.

  1. La relación privilegiada abogado-cliente se refiere a la información concreta que se ha dado a conocer para la simbolización del segundo. Eso sí, el abogado podría declarar como testigo en un dictamen. Lo que se comprende es que el letrado sí que puede dar información inferior para representar perfiles.

En la práctica, esta hipótesis supone también un secreto en la información imprescindible. Eso sí, si que sería factible que un abogado diese a conocer información genérica. Esto supone que, indirectamente, el cliente se podría ver afectado, pero el abogado tendría que manifestarse.

Elementos a tener en cuenta en el Contrato de Confidencialidad

Un contrato de confidencialidad se firma cuando se va a tratar un tema o un momento que busca la prudencia. Con este, se trata de buscar que las partes afectadas puedan usar la información para su propia finalidad. A continuación te contamos los puntos que debes tener en cuenta a la hora de firmar uno de ellos.

  • Objeto a tratar. En el contrato deben concretarse los puntos que van a ser catalogados como información privada y los que no.
  • Derecho y obligaciones. Marcarse la obligación de mantener en secreto la información facilitada. También se requiere concretar los usos válidos y prohibidos de esta información.
  • Excepciones. Dejar claras las situaciones en las que se puede romper la confidencialidad. Por ejemplo, cuando lo manda un juez.
  • Propiedad de la información. Dejar claro quién es el destinatario de la información y titular de la misma.
  • Trámite de la información. Concretar los dispositivos por los cuáles se canjea la información. También cuáles son las fianzas para evitar que la información transgreda los límites establecidos en el contrato.
  • Cláusulas penales. Establecer cuáles serán los efectos para las dos partes en caso de infringir las obligaciones pactadas en el contrato.

Conclusión 

Los abogados mantienen la confidencialidad sobre sus clientes para defender mejor sus intereses. La idea de no descubrir información es imprescindible para que un cliente se pueda sincerar. Esto, no obstante, tiene algunos límites que hay que valorar. Gran parte de los profesionales nunca deben romper con la relación confidencial, es algo que no acostumbra a suceder.

La hipótesis de la confidencialidad es básica para que una relación profesional no se vea afectada. Es recomendable, sin embargo, conocer los diversos límites que existen. Esta información hace más sencilla la defensa de los intereses del cliente, y es que conocer qué se puede esperar de la relación con un abogado permite trazar una maniobra más segura.

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