Septiembre es el mes de los propósitos: ir al gimnasio, empezar una dieta, mejorar el empleo o formarse. Recientemente (BOE de 25 de agosto de 2016) se ha publicado la convocatoria estatal de subvenciones públicas para planes de formación dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados.
Hay 250 millones de euros disponibles para empleados, autónomos y cooperativistas.
ADAMS Formación ha resumido en 10 pasos esta convocatoria para conseguir uno de esos propósitos: formarse para mejorar en el empleo.
- Primera convocatoria en concurrencia competitiva. Es la primera convocatoria estatal de subvenciones para la formación de trabajadores ocupados abierta a la concurrencia competitiva entre entidades de formación, bajo los principios de objetividad, igualdad, transparencia y publicidad
- Destinada a empresas, ocupados y desempleados (máximo del 30%)
- Plazos. Para la presentación de los planes hasta el 24 de septiembre de 2016; para la ejecución de la formación, 1 año.
- Dotación presupuestaria. Para la financiación de los planes se destinan 250 millones de euros, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de 2016 y 2017
- Límite por entidad (acreditadas o inscritas): 4.120.755,09 euros y 2.200 horas presenciales por espacio formativo
- Acciones prioritarias que incluye:
o Internacionalización
o Emprendimiento
o Innovación
o Desarrollo tecnológico de los procesos productivos
o Digitalización
o Eficiencia energética
o Profesionales o actividades reguladas
o Actividades de logística e industria
o Dependencia
o Control de plagas y organismos nocivos
- Tipo de planes: intersectoriales (general, economía social y autónomos), sectoriales. En todos ellos se financian becas y ayudas a desempleados
- Tipo de formación: Certificados de profesionalidad completos o por módulos y/o acciones formativas del fichero de especialidades
- No está permitida la subcontratación, aplicándose el régimen de infracciones de la Ley 30/2015
Desde Editorial ADAMS ofrecen contenidos de máxima calidad que cumplen con los requisitos exigidos en la convocatoria publicada y su adecuación a los contenidos de certificados de profesionalidad si ya estás acreditado o de acciones no conducentes a certificados de profesionalidad que figuran en el fichero de especialidades.