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¿Qué necesito saber de la Ley de Emprendedores?

Con el objetivo literal de “apoyar al emprendedor y la actividad empresarial, favorecer su desarrollo, crecimiento e internacionalización y fomentar la cultura emprendedora y un entorno favorable a la actividad económica”, se aprobó el pasado mes de septiembre la “Ley de Apoyo a los Emprendedores”.

El Gobierno justificó el impulso de esta norma por las devastadoras consecuencias de la crisis y la necesidad de incentivar una actividad empresarial que merme las consecuencias de la destrucción masiva de empleo.

Te explicamos todo lo que debes saber de la Ley:

  • “Responsabilidad limitada”

La ley crea la figura del “Emprendedor de Responsabilidad Limitada”, para acotar la responsabilidad legal del empresario en caso de padecer problemas económicos. El empresario que se acoja a esta figura:

– Podrá librarse de ser desahuciado de su vivienda, si esta no supera el valor catastral de 300.000 €.

– Deberá auditar las cuentas anuales de su negocio en régimen de Sociedad Limitada Unipersonal.

El capital mínimo para constituir una sociedad de responsabilidad limitada es de 3.000 €.

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  • Deudas y refinanciaciones

En caso de acumular deudas, la Ley habla de un acuerdo extrajudicial entre las partes – con previa comunicación al juzgado correspondiente- antes de determinar la declaración de concurso tres meses después de anunciar la entente.

Para llevar a cabo el acuerdo extrajudicial, la Ley establece un protocolo en le que interviene la figura del mediador concursal.

En caso de refinanciación, el “experto” nombrado por el registro mercantil verificará todo el proceso de posible refinanciación del negocio.

Por otra parte, se modifica el mercado de valores, con el objetivo de facilitar el crédito bancario a los emprendedores.

  • Puntos de Atención al Emprendedor (PAE)

Todo emprendedor que quiera poner en marcha su negocio tendrá a su disposición una red de oficinas públicas y privadas, físicas o virtuales, para:

-Solicitar información y recibir asesoramiento técnico.

-Ofrecer todos los formularios necesarios y la tramitación de documentos (legalización de libros de contabilidad, registro mercantil, etc.).

-Inscribir a los emprendedores en el registro de Responsabilidad Limitada.

-Impartir formación específica.

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  • Beneficios fiscales

Se establece un Régimen especial del criterio de caja al que podrán acogerse las personas o empresas que no hayan generado el año anterior un volumen de operaciones de más de 2 millones de euros. Los que se amparen en este régimen tendrán derecho a:

-Deducir un 10 % de los beneficios del ejercicio anterior, si se han llevado a cabo operaciones de inversión.

-Deducir un 20 % en caso de realizar actividades encaminadas a la investigación y al desarrollo tecnológico

-Reducir a un 40 % del importe declarado por rentas procedentes de la cesión de patentes, modelos, fórmulas, procedimientos o información técnica.

-Deducir 9.000 € por cada puesto de trabajo creado para una persona discapacitada.

-Desgravar la inversión en empresas de nueva creación.

Los que se inscriban como autónomos tendrán derecho a una reducción de la cuota de la seguridad social, en el primer año y medio de actividad, del siguiente modo:

-80 % durante los primeros seis meses.

-50 % en los seis meses restantes.

-30 % en los seis meses siguientes.

Los empresarios no estarán obligados a satisfacer las cuotas del IVA hasta que hayan cobrado las facturas correspondientes.

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  • Trámites burocráticos

Se reducen y simplifican las cargas administrativas, obligando a la Administración a eliminar una carga de similar rango cada vez que establezca un nuevo procedimiento burocrático.

También se modifica la Ley de Riesgos Laborales para las PYMES obligando a la Administración a ofrecer asesoramiento a los empresarios con más de 25 empleados. Y favorece el uso de medios electrónicos para trámites relacionados con la inspección de trabajo.

En lo que hace referencia a la contabilidad de la empresa, simplifica los requisitos de información de los balances, cambios de patrimonio, etc.

  • Contratación pública de emprendedores

Se impulsa la contratación pública facilitando las uniones temporales de empresas, permitiendo que los empresarios se apunten al Registro Oficial de Licitadores y Empresas clasificadas del Estado y ofreciendo mayores garantías para combatir la morosidad.

  • Internacionalización

La Ley habla del “fomento de la internacionalización de la economía española”.

Para ello prevé la redacción anual de un “Plan estratégico” a cargo del Ministerio de Economía, que pone al servicio de los empresarios toda la maquinaria administrativa (legaciones diplomáticas, oficinas comerciales en el exterior, etc.) y crea un Fondo de Inversiones en el Exterior (FIEX), para participar en el capital de las empresas que decidan internacionalizarse.

La norma también persigue facilitar la inversión extranjera en España agilizando la carta de residencia a quienes adquieran propiedades por un valor superior a los 500.000 €, o a los que inviertan en negocios que fomenten la creación de empleo, tengan un “impacto socioeconómico de relevancia sobre el ámbito geográfico en el que se vaya a llevar a cabo la actividad” o supongan una “aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica”.

Martí Farré

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