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¿Qué es la formación en alternancia con el empleo?

La formación en alternancia con el empleo es la modalidad de la FP más relacionada con el mundo laboral. Concretamente, se trata de un sistema que busca el apoyo formativo y a la contratación. Es decir, su objetivo es acompañar a los trabajadores en la adquisición de competencias profesionales. Este aprendizaje se lleva a cabo mediante un proceso mixto de formación y empleo. En otras palabras: se combinan los periodos en el centro educativo, en el centro de formación y en el lugar de trabajo.

La  formación en alternancia con el empleo se divide en tres programas diferenciados:

  • Contratos de formación. Acogen a personas de entre 16 y 25 años. Tienen en cuenta todos los sectores económicos. Si el alumno ha terminado la ESO, las asignaturas profesionales tienen más peso. Si el alumno dispone de una cualificación de nivel 1, las asignaturas tienen un carácter más general. La teoría ocupa un 15% del programa; la experiencia práctica laboral, un 85%. Los estudios tienen una duración de entre 6 meses y dos años. Los contratos de formación, además, abren la puerta a los certificados de profesionalidad.
  • Escuelas-taller y casas de oficios. Acogen a personas de entre 16 y 25 años. Tienen en cuenta todos los sectores económicos. La teoría ocupa un 15% del programa; la experiencia práctica laboral, un 85%. Los estudios tienen una duración media de dos años y abren la puerta a los certificados de profesionalidad.
  • Talleres de empleo. Acogen a mayores de 25 años. Tienen en cuenta todos los sectores económicos. La teoría ocupa un 15% del programa; la experiencia práctica laboral, un 85%. Los estudios tienen una duración media de dos años y abren la puerta a los certificados de profesionalidad.

¿Qué lineas sigue la formación en alternancia con el empleo?

La formación en alternancia con el empleo se divide en dos vías diferenciadas:

  1. Acciones formativas para contratos de formación. Ofrecen la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo. Su aplicación se realiza en régimen de alternancia entre el tiempo de trabajo efectivo y el tiempo dedicado a la formación, que se puede realizar en la propia empresa o en un centro de formación ajeno a la misma. Las características de este tipo de contratos están siendo negociadas por los agentes sociales, ya que tienen un potencial de cambio importante en función de las circunstancias económicas y laborales de cada momento.
  2. Programas públicos de empleo-formación. Tienen como finalidad mejorar las cualificaciones y posibilidades de trabajo de las personas desempleadas. Los alumnos trabajadores reciben una formación profesional ocupacional en alternancia con el trabajo y la práctica profesional. Por otro lado, los programas públicos de empleo-formación se han destinado a la formación en niveles de baja cualificación (actividad agrícola, construcción, cantería, jardinería, etc.), dirigiéndose en su mayoría a jóvenes que abandonan el sistema educativo y que no reingresan a través del PCPI, y a personas con dificultades especiales de inserción social. En muchos casos son promovidos por las entidades locales para una necesidad local (por ejemplo restauración de monumentos, excavaciones arqueológicas, etc.) y financiadas por las comunidades autónomas.

Fuente: Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA)

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