El pasado sábado 1 de octubre se celebró el examen para acceder a las plazas convocadas para el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. Las convocatorias se publicaron en diciembre del año pasado.
Son un total de 66.481 los admitidos para 752 plazas de acceso libre. La titulación mínima exigida para estas plazas es el Graduado en ESO aunque son muchos los que se presentan con una titulación superior. A esta primera prueba suele acudir entre un 50% y un 65% de quienes presentaron instancia.
Nº Plazas | Admitidos | Nª Aspirantes por plaza | |
Andalucía | 30 | 5.726 | 191 |
Canarias | 76 | 7.469 | 98 |
C. Valenciana | 80 | 8.412 | 105 |
Cataluña | 205 | 8.071 | 39 |
La Rioja | 10 | 1.076 | 107 |
Madrid | 205 | 17.940 | 87 |
Navarra | 10 | 1.092 | 109 |
País Vasco | 30 | 2.658 | 88 |
Resto Península y Baleares | 106 | 14.037 | 132 |
TOTAL | 752 | 66.481 | 88 |
DOS EXÁMENES EN EL MISMO DÍA
Se enfrentaron a dos ejercicios que deben realizarse en una misma sesión: Un test de 100 preguntas sobre las materias del programa (75 minutos de duración) y otro test con 50 preguntas referidas a casos prácticos de diligencia judicial a realizar en 45 minutos.
Una vez establecidas las listas de aprobados, si hay aspirantes que han concurrido por Catalunya, Comunidad Valenciana, País Vasco o Navarra y lo solicitaron en su instancia, se les evalúa el conocimiento de la lengua oficial propia de esa Comunidad Autónoma, aunque la puntuación de esta valoración solo será aplicable a los efectos de establecer el número en la relación de aprobados.
MÁS PLAZAS PARA EL PRÓXIMO AÑO
La publicación de la Oferta de Empleo Público (OEP) 2016, garantiza una continuidad de convocatorias al incluirse 525 nuevas plazas para este mismo Cuerpo que serán objeto de nueva oportunidad para los que no consigan su objetivo. Cabe esperar que el próximo año por tanto se celebren de nuevo exámenes.
Según indica el Ministerio de Justicia, el reparto territorial de plazas de Auxilio Judicial sería:
ÁMBITO TERRITORIAL | nº PLAZAS |
Andalucía | 80 |
Canarias | 60 |
Comunidad Valenciana | 38 |
Madrid | 92 |
Navarra | 13 |
País Vasco | 44 |
La Rioja | 12 |
Ministerio de Justicia | 186 |
TOTAL | 525 |
Pero además de estas 525 plazas para el Cuerpo de Auxilio Judicial, también habrá nuevas oposiciones para cubrir 797 plazas en el Cuerpo de Tramitación Procesal (titulación mínima de Bachiller) y 391 plazas para Gestión Procesal (titulación mínima Diplomado o Grado o equivalente). Totas estas plazas de Turno Libre. Aunque también hay plazas para convocatorias específicas de promoción interna.
El 22% DEL PERSONAL ES INTERINO/TEMPORAL
Según el Ministerio de Justicia, la principal causa que ha motivado su alta tasa de interinidad, que ronda el 22%, es que en los últimos años se han ido creando órganos judiciales y plazas de jueces y magistrados «de manera prácticamente sostenida sin que fueran previstas las correspondientes dotaciones de funcionarios titulares» a través de las correspondientes Ofertas de Empleo en la Administración de Justicia.
La publicación periódica de ofertas de empleo público y la eliminación de la tasa de reposición, pudiendo convocarse tantas plazas como vacantes haya, será lo que ayude a reducir la temporalidad y en consecuencia a mejorar la calidad del servicio y tender a un modelo de recursos humanos cada vez más profesional y efectivo.
Hay que traer a colación las recientes sentencias del Tribunal de Justicia Europeo que declaran que la utilización de nombramientos de duración determinada sucesivos para atender necesidades permanentes en el sector público es contraria al Derecho de la Unión ya que el uso de tales nombramientos sólo puede estar justificado para atender necesidades temporales.
El Tribunal de Justicia recuerda ante todo que el Acuerdo marco impone a los Estados miembros regular en su normativa, a efectos de prevenir los abusos como consecuencia de la utilización sucesiva de contratos de duración determinada, al menos una de las tres cuestiones siguientes mediante cualquier medio de su elección:
1) las razones objetivas que justifiquen la renovación de tales contratos,
2) la duración máxima total de los sucesivos contratos de trabajo de duración determinada y
3) el número de sus renovaciones.
Fuente: Noticias ADAMS Formación