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¿Se puede estudiar estando de baja?

baja laboral

Las bajas laborales a menudo nos obligan a realizar un parón en nuestras actividades cotidianas. En primer lugar, porque las afectaciones de salud cambian el ritmo de vida. En segundo lugar, porque un uso indebido de esta prestación puede provocar la pérdida del subsidio por parte del trabajador. Así pues, conviene calibrar bien qué actividades llevamos a cabo y cuáles no. Sea como sea, tener la baja laboral no siempre implica renunciar a salir de casa. Es el paciente quien, conjuntamente con el médico, debe evaluar el nivel de gravedad, lo cual también implica poner medidas (por ejemplo, tratamientos médicos) para que el afectado pueda regresar al empleo cuanto antes. 

En consecuencia, muchas consultas relativas a las bajas laborales se mueven en terreno pantanoso. Suele ser habitual que los afectados pregunten: ¿puedo salir de fiesta?, ¿puedo ir a un concierto?, ¿puedo estudiar estando de baja? Pues bien, no hay una única respuesta: dependerá de la gravedad del caso y del tratamiento que se haya acordado con el médico. En el caso concreto de los estudios, no existe ninguna incompatibilidad explícita recogida por la ley. Es decir, se puede estudiar estando de baja siempre que la incapacidad temporal no lo impida. Por lo tanto, es posible presentarse a un examen siempre que no exija esfuerzo físico. Esto incluye la teórica del carnet de conducir, las pruebas de idiomas o los exámenes universitarios.

Eso sí, hay que tener en cuenta las características de cada formación. Por ejemplo, imaginemos que una persona está de baja por una fractura en la mano y realiza un curso de peluquería. En este caso, habría que valorar dos aspectos. Primero, si la persona está en condiciones de llevar a cabo el curso. Segundo, si la actividad puede empeorar su estado de salud. En resumen, lo importante es ser honesto con uno mismo y con las instancias médicas. De hecho, en algunas circunstancias, los estudios pueden formar parte del tratamiento. Además, la amplia oferta de cursos online facilita que las personas en situación de baja temporal puedan formarse sin sufrir por los desplazamientos. ¡Consulta la oferta disponible en Emagister y elige el que mejor se adapte a tus necesidades!

¿En qué casos se puede perder la prestación por baja labora temporal?

Como ya hemos apuntado, Ley General de la Seguridad Social no indica en ningún momento que los estudios sean incompatibles con las bajas laborales. Según el artículo 131, la prestación puede perderse en los siguientes casos:

  1. Transcurso del plazo máximo de la situación de incapacidad temporal (por alta médica o por incapacidad permanente).
  2. Obtención de una pensión de jubilación.
  3. Incomparecencia injustificada a las convocatorias de revisión médica.
  4. Fallecimiento.

Por su parte, el artículo 132 indica la supresión de la prestación en estas circunstancias:

  1. Cuando el beneficiario actúa fraudulentamente para obtener dicha cantidad económica.
  2. Cuando el beneficiario abandona el tratamiento indicado por las instancias médicas (Instituto Nacional de la Seguridad Social o a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales).

¿A quién se puede pedir consejo?

Sea como sea, en caso de duda, lo mejor es consultar con el médico si el tipo de estudios que queremos realizar son compatibles con el tratamiento y la prestación. Si el profesional sanitario no ofrece una respuesta clara, el siguiente paso debería ser recurrir a un abogado laboralista. Estos profesionales del derecho pueden ofrecer asesoramiento personalizado y plantear algunas alternativas satisfactorias para ambas partes: la Seguridad Social y el trabajador afectado.

Precisamente, una de las consultas más habituales que reciben los abogados también tiene que ver con los estudios y otro tipo de subsidio: la prestación por desempleo. En este post, explicamos cuándo la formación es compatible con el paro. ¡Toma nota y empieza a formarte ya!

1 comentario en «¿Se puede estudiar estando de baja?»

  1. Estando en situación de baja por covid, deben repetir los exámenes de recuperación a los que no se ha podido asistir por este motivo?, existiría agravio comparativo con resto de compañeros que si ha tenido la oportunidad ? si marcan un día de examen y este no se realiza comunicando el motivo (negación) el mismo día , existe una acción negligente en la persona del docente llevando su estatus mas allá del empleo de sus funciones?, no deberían facilitar, agilizar y siempre ofertar las mismas oportunidades y reconocimiento de los derechos como estudiante en igualdad ?
    gracias!

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